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Los riesgos de la instrucción fiscal y el caso Faisán

Los riesgos de la instrucción fiscal son evidentes, especialmente en casos con implicaciones políticas. Y el caso Faisán es un ejemplo claro.

"Por mi trabajo, al que llevo dedicándome más de veinte años, he tenido oportunidad de estudiar con cierta profundidad la figura del Ministerio Fiscal español. Me doctoré en el año 1994 con una tesis que versaba sobre él y el proceso penal. Después le he dedicado varios artículos y trabajos.

La idea que ronda a nuestros legisladores desde hace lustros de atribuir la instrucción de las causas penales al Ministerio Fiscal, tiene muchos defensores y puesto que es la fórmula utilizada en otros países y es sabido el complejo español cuando se trata de defender instituciones propias, es muy probable que la instrucción fiscal sea una realidad en la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se olvida que en esos países existen mecanismos correctores y sobre todo, tradición jurídica que no puede extrapolarse con facilidad.

Sin embargo los riesgos de la instrucción fiscal son evidentes, especialmente en casos con implicaciones políticas. Y el caso Faisán es un ejemplo claro. Tras leer detenidamente el Auto de la Audiencia Nacional del 15 de febrero pasado, donde se pedía a Garzón que reactivase la investigación, surge una reflexión espontánea: si el instructor del caso hubiese sido el fiscal, las diligencias que ahora se ve obligado a practicar el juez, jamás habrían visto la luz, por la sencilla razón de que el fiscal se ha opuesto frontalmente a las mismas.

Podrá decirse que también el juez Baltasar Garzón lo ha hecho, pero la diferencia fundamental entre la actuación de un juez y un fiscal es que éste último, además de a la ley, está sometido a su superior por el principio de jerarquía que recoge su Estatuto, mientras que el juez en su aplicación de la ley, debe estar sólo sometido a ella, con lo que los riesgos de actuaciones inconvenientes como cerrar una investigación penal antes de agotarla, disminuyen. Aunque esa investigación sea "políticamente incorrecta".

Carolina Sanchis. Profesora Titular de Derecho Procesal, Universidad de Valencia.

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