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Maite Nolla

Pazo y Moseñe

Teniendo en cuenta que el señor Pazo te denuncia por menos de eso, a ver quién le dice que su denuncia por no rotular en catalán ha acabado con una sentencia en castellano. Usted misma, señoría.

Afortunadamente, la sentencia que confirma la sanción al señor Nevot por no rotular en catalán suficientemente no crea jurisprudencia. Es más, de la docena larga de juzgados del contencioso-administrativo que hay en Barcelona, es posible que alguno decida que la Constitución aún rige en Cataluña y dicte una sentencia declarando esto ilegal por inconstitucional. Otra de las cosas buenas que tiene esta sentencia es que no entra, en ningún caso, a valorar si que te multen por rotular en castellano es o no legal, aunque parezca un contrasentido. Se limita a reproducir el criterio del Tribunal Constitucional sobre la política lingüística en Cataluña, alegando una sentencia del noventa y cuatro, anterior, por tanto, a la ley actual y que no dijo nada sobre si multar por rotular en castellano es o no constitucional, porque no se planteó.

Contra las sentencias de los juzgados del contencioso-administrativo en materia de sanciones y en cuantía inferior a dieciocho mil euros no cabe recurso. Éste es un elemento clave para entender esta sentencia. Yo no entro a valorar por qué a la señora Moseñe le parece constitucional que se multe a alguien en España por rotular en castellano. No sé si le parece bien, mal, está a favor, le da igual, está "más de acuerdo", como Zapatero, o quiere hacer méritos. Pero que no hubiera dictado esta sentencia de poder ser recurrida, seguro.

La base de la sentencia es la que ya les he mencionado del noventa y cuatro y el resto, con el debido respeto, como dicen los mafiosos, es un lío al más puro estilo Gómez Bermúdez, decorándose con continuas referencias a que esto no es una imposición y que es un error pensarlo y que nada más lejos de la realidad. Esto en la parte en la que se esfuerza en justificar la sanción, que en el planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad se lava las manos directamente.

Y después del jardín jurídico, la señora Moseñe justifica que se imponga una sanción por no rotular en catalán, aunque hubiera un cartel en catalán, porque el cartel que definía la "oferta de servicios" estaba en castellano. Un ejercicio de finura jurídica si tenemos en cuenta que un cartel rezaba "Finques Nevot" y el otro –el delictuoso– "Fincas Nevot Api compra venta pisos solares y rústicas". ¡Ajajá! ¡Aquí te hemos pillao! ¿Aprecian ustedes la sutileza? El señor Nevot se la quería colar a la Administración y a su señoría –jurídicamente, claro–, pero la señora Moseñe ha estado lista viendo la jugada.

Una de las curiosidades de este lance es que el honrado ciudadano que delató a Nevot y que sintió vulnerados sus derechos lingüísticos responde al nombre de Víctor Manuel Pazo Ortiz, como se dice en la sentencia. Y el señor Pazo Ortiz ha recibido el amparo de la señora Moseñe en castellano; porque la sentencia está redactada en castellano, lo que añade a la injusticia, la desidia, ya que los jueces disponen de un servicio de traducción de sentencias y, en general, de toda su producción literaria. Teniendo en cuenta que el señor Pazo te denuncia por menos de eso, a ver quién le dice que su denuncia por no rotular en catalán ha acabado con una sentencia en castellano. Usted misma, señoría.

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