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Japón prohíbe la tenencia de pornografía infantil, salvo en el manga

La legislación actual, aprobada en 1999, prohíbe la producción y distribución de pornografía infantil, pero no su tenencia.

La legislación actual, aprobada en 1999, prohíbe la producción y distribución de pornografía infantil, pero no su tenencia.

Japón, el único país del G7 que no prohíbe la tenencia de pornografía infantil, ha dado un paso importante para ilegalizar en las próximas semanas su posesión, aunque la norma excluirá contenidos como cómics, dibujos animados o simulaciones digitales.

Los principales partidos políticos acordaron este miércoles en un comité parlamentario un borrador que tiene previsto aprobarse por el hemiciclo en el actual periodo de sesiones que finaliza el próximo 22 de junio, informó este jueves el diario Asahi y recoge Efe.

La legislación actual, aprobada en 1999, prohíbe la producción y distribución de pornografía infantil, pero no su tenencia. El borrador contempla multas de un millón de yenes -7.170 euros- y penas de hasta un año de prisión para el que incumpla la futura norma.

Japón es junto con Rusia y Estados Unidos unos de los principales generadores de tráfico en internet en lo que se refiere a pornografía infantil. La definición de pornografía infantil, no obstante, quedará limitada nuevamente en la ley solo a aquellas representaciones en imagen real, lo que excluye a cualquier tipo de ilustración y por ende a cómics, productos de animación o creaciones digitales.

Tres partidos políticos propusieron incluir en un apartado de la futura ley "la investigación de posibles vínculos entre materiales afines a la pornografía infantil en el manga (cómics), la animación, la infografía y otros medios de comunicación y la violación de los derechos de la infancia".

Presión de la industria editorial

No obstante, la presión de la industria editorial y de contenidos informáticos y audiovisuales, así como de dibujantes e ilustradores de renombre, ha logrado forzar su retirada. Estas poderosas industrias han bloqueado numerosas iniciativas para limitar la producción y distribución de muchos de sus contenidos.

Argumentan que estas recreaciones no violan los derechos de ningún menor y que ampliar la definición de pornografía infantil resultaría en un concepto vago y subjetivo que podría coartar la libertad de expresión. Sin embargo, los colectivos a favor de ampliar el ámbito de la ley defienden que estos productos promueven estereotipos de conducta negativos.

De aprobarse una ley que incluyera estos contenidos, el impacto económico para algunas editoriales y productoras sería enorme si se tiene en cuenta que, por ejemplo, el 30% de la industria del manga es de contenido erótico y en muchos casos retrata sexo con o entre menores.

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