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AL NO ENCONTRAR DELITO

Archivada la Operación Galgo

El auto, con fecha de 24 de mayo, contempla la posibilidad de recurso de reforma y/o apelación ante el mismo juzgado.

La titular del juzgado de Instrucción número 24 de Madrid, Mercedes Pérez Barrios, ha decretado "el sobreseimiento libre y el archivo de las diligencias" de la Operación Galgo, al no existir indicios racionales de haberse perpetrado un presunto delito de dopaje deportivo.

El auto, con fecha de 24 de mayo, contempla la posibilidad de recurso de reforma y/o apelación ante el mismo juzgado en el plazo de tres/cinco días y señala que una vez firme la resolución se procederá "al expurgo de la causa y destrucción de cuantas diligencias han sido declaradas nulas".

El documento remitido a EFE decreta el archivo de las diligencias en relación a los imputados Eufemiano Fuentes y su hermana Yolanda Fuentes, Manuel Pascua, María José Martínez, Pablo Muñoz, Miguel Barcelo, María Castilla, José Javier Solanas, Joaquín Novoa y Eugenio Barrios.

El archivo decretado por la juez es consecuencia de la decisión adoptada el pasado marzo por la Audiencia Provincial de Madrid, que declaró nulas las escuchas telefónicas practicadas en la citada operación, así como las entradas y registros practicados en la misma y las declaraciones que varios de los imputados prestaron mientras la causa estaba secreta. La Audiencia Provincial también estimó entonces los recursos planteados por la atleta Marta Domínguez, Eufemiano Fuentes, Yolanda Fuentes, César Pérez Segovia, Manuel Pascua Piqueras, María José Martínez, José Alonso Valero y José Luis Pascua Piqueras.

Según la Audiencia, la solicitud de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil para proceder a las escuchas telefónicas "no contenía ningún indicio objetivo o sospecha fundada de la comisión por los investigados de un delito de dopaje deportivo". "El rumor, el chismorreo o la habladuría no pueden considerarse como indicios de delito", señaló la sala respecto de la petición de la UCO, aceptada por la juez, de intervenir las comunicaciones de Domínguez, Pérez, Alonso Valero y Manuel Pascua.

La Audiencia, que también dejó sin efecto los autos que autorizaron la prórroga de las escuchas entre julio y octubre de 2010, anuló igualmente las entradas y registros en los domicilios de algunos de los imputados, como la propia Marta Domínguez, y las vigilancias policiales que procedían de observaciones telefónicas declaradas nulas.

Es el caso de la intervención por la Guardia Civil de dos fármacos "suministrados y administrados indiciariamente por Marta Domínguez sin prescripción ni receta médica a Eduardo Polo, su 'liebre' (...), por ser todo ello consecuencia de una conversación telefónica mantenida por Marta Domínguez teniendo su teléfono intervenido".

La Audiencia también anuló las declaraciones en las que varios de los imputados admitieron hechos delictivos, que fueron prestadas antes de que se alzara el secreto del sumario el 16 de diciembre de 2010. Hasta esa fecha, según el auto, habían declarado ante la Guardia Civil, entre otros, Manuel Pascua, Marta Domínguez y Eufemiano Fuentes.

Los magistrados anularon "cualquier declaración de admisión de hechos delictivos mientras se encontraba vigente el secreto de las actuaciones, por notable limitación del derecho de defensa", aunque consideraron válidas las declaraciones posteriores al alzamiento del secreto.

La "Operación Galgo" se inició en el mes de abril de 2010 cuando la Guardia Civil descubrió que algunas personas podrían estar dedicándose a facilitar sustancias dopantes a deportistas de alto nivel y a realizar dopaje sanguíneo. Los primeros registros y detenciones se produjeron en diciembre de ese año.

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