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La AN aboca a Neymar y al Barça al banquillo por corromper el fichaje

Por orden de su superior jerárquico, el juez De la Mata procesa al futbolista, a sus padres, Bartomeu, Rosell y al expresidente del Santos.

Por orden de su superior jerárquico, el juez De la Mata procesa al futbolista, a sus padres, Bartomeu, Rosell y al expresidente del Santos.
Neymar, este domingo, durante su encuentro contra el Sevilla | EFE

Neymar Jr. está a un solo paso del banquillo. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, superior jerárquico de los jueces de instrucción, ordenó a José de la Mata la reapertura de la causa que había archivado. El magistrado ha cumplido el mandato y ha elaborado una exposición razonada de los indicios delictivos. Dibuja un panorama corrupto alrededor del traspaso del astro brasileño del FC Santos al FC Barcelona, del que habrían participado en diferentes vertientes e intensidad ambos clubes; sus entonces máximos mandatarios Odilio Rodrigues, Sandro Rosell, y Josep Maria Bartomeu; el propio futbolista y sus padres.

De la Mata ha procesado a los protagonistas de este procedimiento, es decir, decretará la apertura del juicio oral después de que la Fiscalía y las acusaciones se pronuncien en un plazo común de diez días. Atribuye un delito de corrupción entre particulares, que conlleva penas de seis meses a cuatro años de cárcel, a Rosell, Bartomeu, el Barça, Neymar Jr., sus padres y la sociedad N&N, copropiedad de los últimos. El delito de estafa impropia, penado con entre cuatro y ocho años de prisión, se lo imputa a Rosell, Bartomeu, el Barça, Odilio Rodrigues y el Santos.

La pregunta aún permanece: ¿Cuánto costó realmente Neymar Jr.? La cifra se aleja de los 17 millones de euros que anunció inicialmente el Barça y de los 57 que reconoció más tarde Sandro Rosell. Se acerca cada vez más a los más de 83 millones de euros en los que la investigación tasa el fichaje y los 94.8 millones de los que habla la Fiscalía.

Corrupción entre particulares

En relación a la primera imputación, la de corrupción entre particulares, hay dos contratos, del 15 de noviembre y el 6 de diciembre de 2011. El objeto de ambos es precisar las condiciones de la transferencia de Neymar Jr., que en esas fechas pertenecía al Santos FC, a favor del FC Barcelona, representado entonces por Sandro Rosell.

Primer contrato: Rosell concertó con Neymar Jr. y con la sociedad N&N (Nadine and Neymar), formada al 50% por sus padres como titulares de los derechos económicos del futbolista aún menor de edad, para que, cuando el jugador terminara contrato con el club brasileño y quedara como agente libre en 2014, fichara por el Barça. En caso de incumplimiento por parte del jugador, éste debería abonar 40 millones de euros al FCB. Por su parte, el FC Barcelona se comprometía a adquirir tales derechos no más tarde del 31 de agosto de 2014 y a pagar 40 millones de euros en concepto de prima por el fichaje. Por otro lado, garantizaba a Neymar Jr. un sueldo de 36.1 millones de euros en cinco años, algo más de 7 millones de euros al año.

Segundo contrato: El FC Barcelona abonó 10 millones de euros a N&N en concepto de préstamo, "si bien la cifra parece responder a un pago parcial de la transferencia del jugador", según manifiesta el juez de la Mata a tenor de la Sala. Se calificó como contrato de préstamo, pero no tenía tal naturaleza. El Barça entregó a N&N 10 millones de euros, sin intereses ni garantía de ningún tipo y a amortizar cuando se formalizara el contrato laboral con el jugador. En realidad, este pagó respondió a una remuneración anticipada para garantizar el fichaje. Los restantes 30 millones de euros se abonaron en dos transferencias, una de 25 millones y otra de 5 millones, a cuentas corrientes de N&N en Sao Paolo (Brasil).

Según la Sala, alteraron el libre mercado de fichajes de futbolistas. Si Neymar Jr. incumplía el contrato, debía abonar no solo los 40 millones de euros, sino los otros 10 anticipados e ingresados en la sociedad N&N. Además, no consta que el FC Barcelona sometiera estos contratos al control de la Junta Directiva, por lo que habrían fructificado con la única rúbrica de Rosell y Bartomeu. Apoyan e delito de corrupción entre particulares en que ni el Santos ni DIS conocían el acuerdo privado entre Neymar Jr. y el FC Barcelona, y se infringió la normativa de la FIFA que prohíbe a un futbolista negociar con otros clubes salvo cuando queden menos de seis meses para el vencimiento de su contrato. A mayor abundamiento, la Sala incorporó a las actuaciones una oferta de 36 millones de euros, más del doble de la cantidad ofertada por el FC Barcelona, que presentó el Real Madrid al Santos por Neymar Jr.

Estafa impropia

En relación con el delito de estafa impropia, la Sala lo circunscribe expresamente "a los contratos penalmente relevantes celebrados en 2013 cuando el FC Barcelona anticipa la contratación de Neymar Jr., sin esperar que fuera libre a partir de julio de 2014". Son los siguientes que, según la Sala, pueden obedecer a "una simulación consciente y urdida para la comisión de la estafa", es decir, para reducir el montante oficial del traspaso y que la agencia DIS recibiera menos dinero:

Un contrato de mayo de 2013 que tiene por objeto disputar un partido amistoso entre el FC Barcelona y el Santos FC de carácter gratuito y organizado por el club brasileño. Rosell y Bartomeu remitieron el mismo día una carta al presidente del Santos reconociendo que, si el partido no se celebraba mientras Neymar Jr. era jugador del FC Barcelona, abonarían al Santos 4.5 millones de euros. Aún no se ha celebrado.

Otro contrato de mayo de 2013 en el que, sobre el pacto del fichaje de Neymar entre el FC Barcelona y el Santos FC por 17.1 millones de euros, ambas partes prevén que, si por sentencia judicial o laudo arbitral se fija un precio superior, ambos clubes pagarán el exceso a pagar a DIS por la mitad.

Un acuerdo de julio de 2013 en el denominado convenio de colaboración en materia de fútbol base y reconocimiento de derecho sobre jugadores, cuando el CF Barcelona paga 7.9 millones de euros por un derecho de preferencia sobre tres jugadores del Santos, que a día de hoy no ha adquirido el Barça y son desconocidos para el gran público: Víctor Andrade Santos (3,2 millones), Givanildo Pulgas Da Silva (1,8 millones) y Gabriel Barbosa Almeida (2,9 millones).

De acuerdo con las conclusiones de la Sala, tras reunirse en febrero de 2013 con el entonces primer entrenador del Barceno, Tito Vilanova, Rosell y Bartomeu decidieron de común acuerdo y sin contar con la Junta Directiva anticipar el fichaje de Neymar Jr, por razones deportivas y miedo de que el delantero incumpliera el contrato pactado y se incorporara a otro club. Por eso acuerdan en mayo de 2015 con el Santos FC un traspaso por 17.1 millones de euros. En aquella época, la dirección ejecutiva del Santos FC la ejercía Odilio Rodrigues y no De Oliveira, imputado en la primera fase del procedimiento. También firmó Neymar. La agencia de representación de futbolistas DIS recibió el 40% de los 17.1 millones de euros establecidos como precio de la transferencia, es decir, 6.8 millones.

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