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Bruselas aprueba el FROB, pero sólo hasta el 30 de junio y con condiciones

La Comisión Europea aprobó este jueves, tras siete meses de negociaciones con el Gobierno español, el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB), cuyo objetivo es facilitar las fusiones de cajas de ahorros con ayudas públicas. Pero la autorización sólo es válida hasta el 30 de junio de 2010.

El Ejecutivo comunitario constató que el FROB se ajusta a las reglas europeas sobre ayudas públicas para hacer frente a la crisis financiera. En particular, el régimen "tiene una limitación temporal y de alcance, requiere una remuneración al tipo de mercado e incluye suficientes incentivos para reembolsar paulatinamente la participación la participación del Estado".

Por estos motivos, Bruselas considera que el Fondo "es un medio adecuado para corregir una grave perturbación de la economía española y que como tal es compatible" con la normativa de la UE.

"El régimen español de recapitalización consolidará la confianza en el sistema bancario español y, sobre todo, fomentará los préstamos a la economía real. Al mismo tiempo, el régimen establece suficientes salvaguardias para limitar las distorsiones desproporcionadas de la competencia", dijo la responsable de Competencia, Neelie Kroes, en un comunicado.

Como ya anunció la vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Economía y Hacienda, Elena Salgado, el Ejecutivo comunitario ha limitado las ayudas públicas que podrán recibir las cajas de ahorros del Fondo al 2% de los activos ponderados por riesgo. Salgado considera que este umbral es "suficiente" para permitir las reestructuraciones.

No obstante, habrá excepciones para fusiones que requieran más capital, pero deberán notificarse caso por caso a Bruselas para lograr autorización y deberán ir acompañadas de un plan de reestructuración.

"España se compromete a notificar las condiciones de las recapitalizaciones que superen el 2% de los activos ponderados por riesgo de las entidades cuya situación no sea intrínsecamente sana, así como un plan de reestructuración", señaló el Ejecutivo comunitario.

El resto de las entidades, para poder acogerse al régimen general, deberán elaborar un plan de integración que establezca las medidas y compromisos específicos que adoptarán para lograr aumentar su eficiencia y solvencia. Este plan tendrá que ser aprobado por el Banco de España antes de ser presentado al FROB.

Antes de la recapitalización de cada caja, el FROB comunicará a la Comisión los resultados de una evaluación del perfil de riesgo del beneficiario realizada por el Banco de España. Esto permitirá a su vez que Bruselas "evalúe la situación e indique el seguimiento necesario, tal como la necesidad de establecer un plan de reestructuración, de pagar una remuneración adecuada por las acciones preferentes convertibles o de prohibir el pago de cupones para los instrumentos híbridos".

El efecto distorsionador de las recapitalizaciones será minimizado, según el Ejecutivo comunitario por "varias condiciones de remuneración, incluidas cláusulas de compensación fijas y una remuneración ligada a los beneficios".

"Las condiciones para la recapitalización también incluyen normas sobre el pago de dividendos, remuneración de los gestores, compromisos relativos a la estrategia y, para los bancos cuya situación no sea intrínsecamente sana, una prohibición del pago de cupones para los instrumentos híbridos", indicó la Comisión.

El Ejecutivo comunitario ha concluido que "el régimen y los compromisos ofrecidos por España constituyen un medio apropiado para restablecer la confianza en la capacidad crediticia de las entidades de crédito españolas y para estimular la concesión de préstamos a la economía real". "El régimen está bien concebido y las intervenciones del FROB se limitarán a las necesarias para lograr la consolidación del sector bancario español", dijo la Comisión.

En caso de que el régimen se prorrogue más allá del 30 de junio de 2010, ello se notificará a la Comisión, junto con el informe sobre su funcionamiento.

 

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