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Corbacho concederá el PER nacional sin ningún control previo

El PER Nacional continúa rodeado de caos e improvisación. Fuentes consultadas por Libertad Digital denuncian que el Gobierno ha eliminado el control previo para conceder la prestación. El solicitante tan sólo tendrá que presentar una declaración jurada de que cumple los requisitos.

El PER Nacional continúa rodeado de caos e improvisación. Fuentes consultadas por Libertad Digital denuncian que el Gobierno ha eliminado el control previo para conceder la prestación. El solicitante tan sólo tendrá que presentar una declaración jurada de que cumple los requisitos.

Caos y despropósito son sólo dos de los adjetivos más benignos con el que los propios funcionarios del INEM califican el nuevo PER nacional de Zapatero. El enredo está servido.

Ya el pasado día 12, un día después de la publicación de la nueva Ley, LD adelantaba que los funcionarios denunciaban que el nuevo PER nacional creará "inseguridad jurídica", generará "caos" en los servicios públicos de empleo y se producirán "cobros indebidos" por errores del sistema.

También denunciaban "presión política". Ahora, fuentes consultadas por Libertad Digital han explicado algunos de los problemas más relevantes que plantea esta nueva norma.

En primer lugar, la Ley que regula la el Programa Temporal de Protección por Desempleo e Inserción -el PER Nacional de Zapatero-, no deroga el Real Decreto sobre la misma norma publicado el 13 de agosto sin que pasara por las Cortes. Es decir, que hay dos PER Nacionales. Uno de ellos es algo más riguroso y el otro mucho más benigno.

En cualquier caso, en líneas generales, el Real Decreto (el que se aprobó de urgencia el 13 de agosto) será de aplicación para aquellos parados que hayan perdido sus prestaciones por desempleo después del 1 de agosto. Para aquellos que las perdieron entre el 1 de enero y el 1 de agosto, se aplicará la Ley que se publicó el pasado jueves.

Pero éste no es el mayor de los problemas. Lo verdaderamente preocupante es que antes la norma obligaba a los funcionarios del INEM a solicitar la documentación necesaria, cotejarla con el expediente del parado en cuestión y conceder la solicitud una vez comprobados todos los datos. Sin embargo, con la nueva Ley, aprobada el pasado jueves, no se cotejará la información y se concederá la prestación de forma automática al entregar la solicitud.

Cuando esta información llegó a manos de los funcionarios expresaron su desacuerdo y nerviosismo, ya que la responsabilidad de conceder la prestación sería suya y en caso de que se detecte alguna irregularidad quedarían desprotegidos. Por este motivo, la Administración ha incorporado dos controles.

En primer lugar, el nuevo texto, el que será de aplicación para los que se quedaron sin ayudas entre el 1 de enero y el 1 de agosto, establece en la solicitud una declaración jurada del solicitante en la que se compromete, bajo su responsabilidad, a cumplir todos los requisitos y en la que promete que todos los datos consignados son ciertos.


(Pinche en la imagen para ampliar)

En segundo lugar, la prestación tiene un mecanismo de control mediante el cual, al mes de la concesión, se revisa la documentación presentada y se cruzan los datos del solicitante para comprobar si cumple todos los requisitos. En caso de que no sea así se le pide que devuelva la cantidad que le concedieron un mes antes.

Los funcionarios advierten de que es posible que ese control no se lleve a cabo al mes de la concesión. En este caso y debido a que "la prestación se concede por seis meses", el caso puede volverse dramático si el incumplimiento se detecta varios meses después, ya que el parado sin prestación puede tener que devolver el importe íntegro de todas las mensualidades que le ingresaron.

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