L D ( EFE ) La Sala de lo Penal entiende que Núñez, ex consejero delegado del Grupo Torras, que fue condenado por falsedad documental en la Audiencia Nacional, cometió también un delito de apropiación indebida, según una sentencia del Alto Tribunal.
El Supremo ordena la celebración de un nuevo juicio contra Juan José Folchi, Miguel Soler, José María Sot y Karin Linda Parker, cuyos presuntos delitos la Audiencia Nacional consideró prescritos.
El Supremo ordena la celebración de un nuevo juicio contra Juan José Folchi, Miguel Soler, José María Sot y Karin Linda Parker, cuyos presuntos delitos la Audiencia Nacional consideró prescritos.
La "operación Wardbase", una de las piezas separadas del caso Torras, enjuició el pago, en 1992, de 1.900 millones de pesetas (11,4 millones de euros) a Prado y Colón de Carvajal por parte del Grupo Torras. El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos de casación por "quebrantamiento de forma, infracción de ley y de precepto constitucional" presentados por De la Rosa, Prado y Núñez. Por ello, la sentencia mantiene las penas impuestas en diciembre de 2002 por la Audiencia Nacional: cinco años y medio de prisión para De la Rosa por los delitos de apropiación indebida y falsedad documental, dos años de cárcel para Prado por apropiación indebida y un año y medio para Núñez por falsedad documental.
Sin embargo, el Supremo estima parcialmente el recurso presentado por el Grupo Torras, personado como acusación particular, y condena a Núñez a tres años de prisión por el delito de apropiación indebida, del que había sido absuelto. Además de esta pena adicional, que eleva la condena a cuatro años y medio, Núñez deberá afrontar de forma solidaria la indemnización de 2.000 millones de pesetas (12 millones de euros) concedida al Grupo Torras. El Supremo entiende que la actuación de Núñez es constitutiva del delito de apropiación indebida porque "conocía en todo caso la disposición de los fondos" y asumió "una gestión fraudulenta".
Sin embargo, el Supremo estima parcialmente el recurso presentado por el Grupo Torras, personado como acusación particular, y condena a Núñez a tres años de prisión por el delito de apropiación indebida, del que había sido absuelto. Además de esta pena adicional, que eleva la condena a cuatro años y medio, Núñez deberá afrontar de forma solidaria la indemnización de 2.000 millones de pesetas (12 millones de euros) concedida al Grupo Torras. El Supremo entiende que la actuación de Núñez es constitutiva del delito de apropiación indebida porque "conocía en todo caso la disposición de los fondos" y asumió "una gestión fraudulenta".
Por otro lado, el Tribunal Supremo declara la "nulidad parcial" del acuerdo adoptado el 24 de julio de 2002 por el tribunal encargado del caso, que declaró prescritos los delitos imputados a Folchi, Parker, Soler y Sot. La sentencia señala que el plazo de prescripción de cinco años se interrumpió mediante la ampliación de la querella cuando todavía no había transcurrido ese plazo desde la consumación del delito. Por ello, el Supremo concluye que los cuatro deberán ser juzgados de nuevo por el mismo tribunal, aunque "integrado por distintos magistrados". El pasado 2 de febrero quedó vista para sentencia en la Audiencia Nacional la operación Icsa-Inpacsa, otra de las piezas separadas del caso Torras.