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PERO NO ACLARA SU FINANCIACIÓN

Trabajo regulará el modelo austriaco de despido antes de verano

Los trabajadores acumularán un fondo para los casos de pérdida de empleo, movilidad geográfica o formación.

El Gobierno, los sindicatos y la patronal firmarán este miércoles en el Palacio de la Moncloa el que han llamado Pacto Social para luchar contra la crisis y el paro. En realidad, las medidas más importantes son las referidas a pensiones y éstas no cambian casi nada respecto a lo aprobado por el Consejo de Ministros del pasado viernes.

En el resto de los campos, algunas cuestiones que podrían ser útiles para reducir el paro juvenil (aún a costa de aumentar los contratos parciales) y mucho dirigismo sobre energía, industria e I+D+i (sobre estos aspectos se desarrollan diez folios de buenas palabras, planes y políticas de apoyo a las empresas, sin ninguna medida concreta).

Sobre la cuestión que más rigidez impone en el mercado laboral español, la negociación colectiva, no se ha acordado nada nuevo, más allá de un par de páginas con generalidades sobre la necesidad de llegar a un nuevo acuerdo entre patronal y sindicatos.

Lo más novedoso de los más de 35 folios del acuerdo final es, quizás, la instauración de un fondo permanente para cada trabajador que podrá cobrar en caso de despido, movilidad geográfica o para la realización de formación (es lo que se conoce como modelo austriaco). Según el texto, el Gobierno tendrá que aprobar la constitución de este fondo antes del 18 de junio.

1. El modelo austriaco: El Ejecutivo aprobará este fondo previa consulta y negociación con la patronal y los sindicatos CCOO y UGT. Este es uno de los compromisos recogidos en el pacto económico y social suscrito por el Gobierno y los agentes sociales, al que ha tenido acceso Efe. Los firmantes del pacto han acordado que el futuro fondo de capitalización no supondrá un incremento de las cotizaciones empresariales, pero el texto no aclara si el fondo se constituirá sólo con la aportación de las empresas o habrá también alguna aportación estatal.

De esta forma, los trabajadores contarán con un fondo que pueden utilizar en supuestos de despido, de movilidad geográfica, para el desarrollo de actividades de formación o en el momento de su jubilación. El fondo se mantendrá a lo largo de toda la vida laboral del trabajador y por una cantidad equivalente a un número de días de salario por año trabajado por determinar.

2. Negociación colectiva: Este tema ha salido casi indemne del nuevo pacto social, a pesar de su importancia. Sólo en dos folios, colocados al final del texto, se hace referencia a un "acuerdo bipartito entre organizaciones sindicales y empresariales sobre criterios básicos de negociación colectiva". De esta manera, sus firmantes aceptan que "la negociación colectiva tiene problemas de estructura y de vertebración; de legitimación; de flexibilidad interna; de innovación y adaptación de contenidos; de gestión; de adecuación a las dificultades". Todo esto debería encaminar a una negociación colectiva más flexible y en la que las empresas tuvieran más facilidades para el descuelgue, pero no hay nada firmado y todo queda a expensas de un futuro acuerdo sindicatos-empresarios.

3. Pensiones: (Sólo se explican a continuación las modificaciones sobre lo aprobado por el Gobierno el pasado viernes).

Trabajadores despedidos poco antes de la jubilación podrán acelerar la ampliación a 25 años del periodo de cómputo para calcular su pensión, para "evitar perjuicios" por la reducción de sus bases de cotización durante su inactividad.

Lagunas de cotización: Se completarán de la siguiente forma: las correspondientes a los primeros dos años, con la base mínima de cotización y las que exceden de 24 meses con el 50 % de la misma. Adicionalmente, la Seguridad Social arbitrará fórmulas que reconozcan los periodos cotizados de los 24 meses anteriores al cómputo para rellenar las lagunas de cotización.

Incentivos a la prolongación voluntaria de la vida laboral: si el trabajador quiere seguir en activo después de los 67 años y ha cotizado menos de 25, la bonificación anual será del 2 %, mientras que si ha cotizado entre 25 y 37 años el incentivo aumenta al 2,75 %. Para los trabajadores que al llegar tanto a los 65 como a los 67 años ya hayan completado su carrera de cotizaciones el incentivo será del 4 %.

Edad de jubilación: el texto no fija una única edad legal exclusiva de jubilación sino que puntualiza que la jubilación por ley se sitúa en "un intervalo" entre los 63 y los 67 años, vinculando la jubilación a los 65 años a carreras de cotización de 38,5 años y la de los 67 a carreras de 37 años, para poder acceder a la pensión íntegra.

Jubilación anticipada: la nueva reforma retrasa la jubilación anticipada a los 63 años (hasta ahora 61) y penaliza a los que se acojan a la misma. Hasta ahora, cada año de anticipo suponía un recorte en la pensión de entre el 6 y el 7,5% en función de los años cotizados. A partir de ahora, a todos los trabajadores se les aplicará el 7,5%, sin importar su historial laboral.

4. Mercado laboral (ver detalle): Las modificaciones más importantes hacen referencia a la rebaja de las cotizaciones para los contratos a jóvenes y parados de larga duración en el caso de contratos a tiempo parcial. También es relevante la introducción de los itinerarios individualizados de búsqueda de empleo para poder seguir manteniendo la paga de los 400 euros.

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