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ESTIMA PARTE DEL RECURSO DE UGT

El Supremo confirma la condena de dos años y cuatro meses para el director de la cooperativa PSV

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de dos años y cuatro meses impuesta por la Audiencia Nacional al director de la cooperativa de viviendas PSV, Carlos Sotos. Sin embargo, el Alto Tribunal ha estimado una parte del recurso presentado por UGT precisando que "los actos extintivos realizados por los acreedores frente a IGS y PSV, deben repercutir con el mismo alcance" en la central sindical.

L D (EFE) La Audiencia Nacional sentenció a Sotos en julio del 2001 por apropiación indebida sin enriquecimiento, en tanto que condenó a UGT a pagar una indemnización máxima de 78,13 millones de euros (13.000 millones de pesetas) a los cooperativistas como responsable civil subsidiario. Sin embargo, el Supremo, en el fallo del recurso de casación que se ha conocido este martes, acepta dos de las alegaciones presentadas por el sindicato UGT y precisa que "los actos extintivos realizados por los acreedores perjudicados frente a IGS y PSV, deben repercutir en los mismos términos y con el mismo alcance en UGT".

El Supremo explica que los cooperativistas perjudicados renunciaron a reclamar a IGS y PSV el dinero que habían perdido (entre el 7 y el 25 por ciento de lo aportado) y, aun no citándolo expresamente, también condonaron la deuda a UGT, puesto que ambas sociedades representaban al sindicato. De hecho, según la sentencia, "IGS y PSV no son otra cosa que el sindicato UGT interviniendo a través de aquellas formas jurídicas".

Por el contrario, el Supremo confirma la condena de dos años y cuatro meses al ex responsable de PSV, Carlos Sotos, por apropiación indebida sin enriquecimiento y no estima ninguna de las alegaciones de su defensa. La sentencia de la Audiencia Nacional consideró probado que Sotos era el responsable de la crisis de la cooperativa, pues él era la persona que "hacía y deshacía según su leal saber y entender, sin limitación alguna y con la anuencia expresa o tácita de los demás".

El fallo del Tribunal Supremo de este martes cierra un proceso que se inicio hace una década, en concreto en diciembre de 1993, cuando la cooperativa de viviendas que promovía la UGT suspendía pagos y dejaba en evidencia los problemas en la gestión de las aportaciones de sus 19.135 cooperativistas. Tras estallar este escándalo inmobiliario se inició el proceso judicial, que llevó a Sotos a la cárcel en junio de 1994 y posteriormente al ex secretario de finanzas de la UGT, Paulino Barrabés, aunque este último salió dos semanas después.

Ante el problema que suponía la posible desaparición de los ahorros de los cooperativistas, el Gobierno decidió intervenir aprobando un plan que contemplaba un aval con 8.500 millones de pesetas (unos 51 millones de euros) destinado a retomar la construcción de las cerca de 60 promociones paralizadas. Una parte de los cooperativistas recuperó el 75 por ciento de sus aportaciones, otros pudieron obtener sus viviendas pagando un 7 por ciento adicional y otros las consiguieron de manos de empresas privadas.

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