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Endesa denuncia ante la CNMV que la OPA de Gas Natural es ilegal

Endesa subraya, a través de un hecho relevante remitido a la CNMV, que la segregación de las actividades de distribución y transporte de Gas Natural requiere de una "previa obtención de la autorización" por parte de la Comisión Nacional de la Energía (CNE) y no de una comunicación posterior, por lo que la operación "ha sido realizada de forma irregular". Ante esta situación, afirma, la eléctrica se reserva el derecho a emprender acciones judiciales.

(Libertad Digital) La eléctrica se refiere así al comunicado del Gas Natural en el que indicaba que la operación había sido comunicada a la CNE y que la trasmisión de instalaciones de distribución no está sujeta a la autorización de la Comunidad Autónoma de Madrid.
 
Endesa estima que Gas Natural ignora que la transmisión de instalaciones de gas natural requiere la previa obtención de una autorización administrativa por parte del órgano competente. Según la eléctrica, esta regulación es de aplicación, tanto a las instalaciones de distribución de gas natural de competencia estatal, como a la que son competencia de aquellas comunidades autónomas que no han establecido una regulación propia al respecto. "Por consiguiente, el órgano competente en la materia es el autonómico, en caso de instalaciones de distribución que afecten a una comunidad, y el estatal en el resto de casos", añadió Endesa.
 
La eléctrica también considera falsa la afirmación de Gas Natural de que los artículos 86 y 87 del Real Decreto 1434/2002 carezca de cobertura legal, ni menos aún que contradigan lo establecido en la Ley del Sector de Hidrocarburos. "Sería absurdo suponer y propiciaría todo tipo de fraudes que, requiriéndose una autorización para que una determinada empresa lleve a cabo o explote una instalación de distribución de gas natural, la misma pudiera transmitirse a un tercero mediante una simple comunicación, sin que la autoridad autorizante pudiera comprobar la idoneidad empresarial, económica y técnica del nuevo titular", apuntó. Para Endesa, si el primer titular de una instalación debe ser autorizado por la Administración, también deben serlo los sucesivos titulares de la misma.
 
Para la eléctrica que preside Manuel Pizarro, la transmisión a Gas Natural Distribución de las instalaciones de distribución, sin contar con las correspondientes autorizaciones administrativas, supone que Gas Natural Distribución SDG "puede haber incurrido en una infracción administrativa muy grave", al realizar la actividad regulada de distribución (vía titularidad de las instalaciones de distribución) sin la necesaria autorización. Endesa concluyó que una infracción muy grave es sancionable con multa de más de 600.000 euros y puede llevar aparejada la revocación o suspensión de la autorización administrativa y la "consecuente inhabilitación temporal para el ejercicio de la actividad por un período máximo de un año".

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