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La juez de Nueva York deniega la petición de E.On de rescindir la entrada de Acciona en Endesa

La jueza Denise Cote, del distrito sur de Nueva York, negó hoy la petición de reparación propuesta por la alemana E.ON en lo referente a ordenar la rescisión de la compra de acciones de Endesa por parte de Acciona. Al mismo tiempo, la jueza dictaminó que "Acciona tiene prohibido realizar nuevas comunicaciones equivocas u omisiones en los documentos que debe entregar a la SEC (comisión de valores de EEUU, o Securities and Exchange Commission)".

L D (EFE) La demanda de E.ON exigía como reparaciones cinco medidas a Acciona, a saber: la corrección de la comunicaciones a la SEC; la prohibición de comprar o acordar comprar nuevas compras de acciones de Endesa; la venta forzada de toda acción de Endesa comprada tras el 5 de octubre del 2006; que Acciona votase sus acciones de manera proporcional a los votos emitidos por los accionistas de Endesa; y prohibir que Acciona realice nuevas omisiones o comunicaciones equivocas a la SEC.

En una orden judicial publicada este lunes y a la que tuvo acceso EFE, la jueza aceptó la postura de la firma alemana sólo en lo referente a la entrega de información, al tiempo que rechazó la petición de E.On de anular la compra de acciones o prohibir nuevas adquisiciones.

Cote pidió también a E.On presentar una enmienda a su propuesta inicial de reparaciones. "En el momento en que la información ha sido corregida, y que los accionistas han tenido la oportunidad de digerir dicha información, la necesidad de nuevas reparaciones cesa", señala el fallo de la juez. "Por lo tanto, la petición de E.On de reparaciones extraordinarias como la rescisión (de las compras de acciones) es negada", agrega el escrito de la juez.

Cote tampoco aceptó el argumento de E.On de que la compra de acciones de Endesa por parte de Acciona del 25 de septiembre fuese una "OPA no convencional". En su fallo de 37 páginas, Cote recuerda la serie de enmiendas que ha debido presentar Acciona a su comunicación inicial a la SEC, el documento 13D, y que suman hasta la fecha once, la última de ellas el 25 de enero. "Aunque muchas de las deficiencias en el documento 13D fueron importantes en el momento de entregarse, E.ON no ha demostrado que cualquier deficiencia que siga existido en estos documentos sea importante hoy", argumenta la juez.

Respecto a las dudas que pueden seguir existiendo respecto de las intenciones de Acciona, Cote señaló que la firma española "tiene el deber" de dar a conocer a los accionistas si está en sus planes tomar el control de Endesa mediante una fusión entre la división de energía renovable de Acciona. "El hecho de que Acciona no sepa si lo hará, ni cuando dicha combinación puede alcanzarse, no le alivia de la responsabilidad de dar a conocer si el objetivo de sus inversiones era alcanzar dicha combinación", señala Cote.

"E.ON ha dado a conocer su entendible frustración respecto del hecho de que Acciona ha manejado la entrega de información a las autoridades para favorecer sus propios intereses antes que los requerimientos de la ley", explica la juez. "En lo que respecta al posible daño que pudieron haber sufrido los inversores que vendieron sus acciones a Acciona fruto de esta tardanza, ellos tienen una respuesta adecuada" en este fallo, agrega. "Lo que se le ha pedido a la Corte es pronunciarse respecto de si otra parte –un oferente en una OPA– tiene el derecho de obtener mayores reparaciones que las contenidas en esta opinión", explica, para concluir que, "no lo tiene".

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