LD (Europa Press) Según informó el Consejo General del Notariado, la celebración de elecciones ordinarias en todos los Colegios a un mismo tiempo -y la adecuación del ámbito territorial de los Colegios al de las comunidades autónomas, para los que se dio al colectivo dos años de plazo- son consecuencia de la Reforma del Reglamento Notarial, aprobada en enero de 2007 por Real Decreto.
Por ello, desde el 1 de enero de 2009, habrá en España 17 Colegios Notariales, uno por Comunidad Autónoma, y no los 16 actuales organizados según el modelo de las antiguas Audiencias Territoriales.
Ello supondrá el inicio de la andadura de nuevos Colegios, como los de Andalucía, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, La Rioja y Murcia, y la reorganización del ámbito territorial y el cambio de nombre (en algunos casos) de otros, como los de Asturias, Madrid, Navarra y el País Vasco.
Los Colegios Notariales ejercen entre otras funciones las de velar por la deontología y la eficiencia en la prestación del servicio público notarial, ordenar el ejercicio profesional, representar y defender los intereses de los colegiados y hacer cumplir la función social que al notario corresponde. La totalidad de los Decanos de los Colegios Notariales forman el Consejo General del Notariado.
Las comisiones electorales de cada Colegio informarán en el día de los resultados de estas elecciones a la Dirección General de los Registros y del Notariado y al Consejo General del Notariado.
En la mayoría de los Colegios ya se han fijado las fechas de las tomas de posesión de las nuevas juntas, todas ellas dentro del plazo de treinta días naturales que establece el Reglamento Notarial.