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Multa histórica del Tribunal de Justicia de la UE a Francia por pesca de peces inmaduros

El Tribunal de Justicia de la UE cree que Francia no ha tomado las medidas necesarias para evitar la pesca de peces inmaduros, por lo que le ha impuesto una multa histórica de 20 millones de euros. Es la primera vez que esta Corte sanciona a un Estado miembro por incumplir el derecho comunitario "de modo grave y persistente".

L D (Europa Press) El caso se remonta a 1991, cuanto el Tribunal declaró, a instancias de la Comisión, que entre 1984 y 1987 Francia había infringido el Derecho comunitario por no realizar los controles necesarios para garantizar el respeto de las medidas comunitarias de conservación de la pesca.
A raíz de las inspecciones en varios puertos franceses durante los once años siguientes, la Comisión consideró que Francia seguía sin respetar íntegramente sus obligaciones: toleraba la venta de pescado de talla inferior a la permitida y tenía una actitud permisiva en la represión de las infracciones. Por este motivo, solicitó al Tribunal de Justicia que declarara que Francia había incumplido su obligación de ejecutar la sentencia de 1991 y que condenara a este Estado a pagar una multa coercitiva de 316.500 euros por día de retraso en la ejecución de dicha sentencia.
 
El Tribunal de Justicia fija la fecha de referencia para apreciar el incumplimiento en agosto de 2000, cuando expiró el plazo señalado en el dictamen motivado complementario de la Comisión, y estima que para examinar la pretensión de imposición de una multa coercitiva formulada por la Comisión también debe comprobarse si el incumplimiento persistía hasta el examen de los hechos por el Tribunal de Justicia.
 
Dado que al expirar el plazo señalado persistían las ilegalidades, "quedaban en grave peligro los objetivos comunitarios de conservación y gestión de los recursos marinos en materia de pesca", señala el Tribunal en un comunicado. La similitud y la reiteración de estas situaciones son consecuencia de una insuficiencia estructural de las medidas aplicadas por las autoridades francesas. Por consiguiente, en agosto de 2000 Francia no había adoptado las medidas necesarias para la ejecución de la sentencia de 1991. Además, en la fecha en que el Tribunal de Justicia examinó los hechos, la información disponible ponía de manifiesto la persistencia de deficiencias significativas.
 
Habida cuenta de la duración y de la gravedad de la infracción, así como de la capacidad de pago de Francia, el Tribunal de Justicia condena a este Estado a pagar una multa coercitiva de 57.761.250 de euros por cada período de seis meses al término del cual siga sin ejecutarse íntegramente la sentencia de 1991. Esta cuantía corresponde al importe de la multa coercitiva propuesta por la Comisión, calculada de forma semestral. Además, a la vista de la persistencia del incumplimiento después de la sentencia que lo declaró inicialmente y de los intereses públicos y privados afectados, el Tribunal de Justicia considera que es necesario condenar al pago de una suma a tanto alzado de 20 millones de e

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