Según consta en el BOE, el Real Decreto de 12 de febrero por el que se privilegia el uso del carbón autóctono en la producción de electricidad modifica el funcionamiento del sistema eléctrico español.
La nueva legislación garantiza el uso del carbón autóctono en los momentos de caída de la demanda de electricidad. Esta modificación, a su vez, condiciona algunos aspectos de las ayudas a la industria minera del carbón previstas para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010.
Concretamente, en lo que se refiere a las cantidades a contratar y a los plazos en que centrales térmicas y suministradores de carbón deben concretar los contratos de suministro o cartas de compromiso de adquisición de carbón autóctono. Por todo ello, "procede adaptar la citada base reguladora al sistema previsto en la norma reglamentaria", añade.
De este modo, para el año 2010 el contrato de suministro de carbón o la carta de compromiso de adquisición se ajustará a las cantidades de carbón autóctono que se fijen por resolución de la Secretaría de Estado de Energía.
Dicha resolución será dictada teniendo en cuenta las cantidades integradas en el almacenamiento estratégico temporal de carbón. Esta modificación, que entra en vigor a partir del 1 de abril (un día después de su publicación en el BOE), resultará aplicable a las subvenciones otorgadas para el ejercicio de 2010.
La nueva legislación garantiza el uso del carbón autóctono en los momentos de caída de la demanda de electricidad. Esta modificación, a su vez, condiciona algunos aspectos de las ayudas a la industria minera del carbón previstas para los ejercicios de 2008, 2009 y 2010.
Concretamente, en lo que se refiere a las cantidades a contratar y a los plazos en que centrales térmicas y suministradores de carbón deben concretar los contratos de suministro o cartas de compromiso de adquisición de carbón autóctono. Por todo ello, "procede adaptar la citada base reguladora al sistema previsto en la norma reglamentaria", añade.
De este modo, para el año 2010 el contrato de suministro de carbón o la carta de compromiso de adquisición se ajustará a las cantidades de carbón autóctono que se fijen por resolución de la Secretaría de Estado de Energía.
Dicha resolución será dictada teniendo en cuenta las cantidades integradas en el almacenamiento estratégico temporal de carbón. Esta modificación, que entra en vigor a partir del 1 de abril (un día después de su publicación en el BOE), resultará aplicable a las subvenciones otorgadas para el ejercicio de 2010.