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Sólo 787 inmigrantes se han acogido al plan de retorno voluntario del Gobierno

En su primer mes de vigencia, sólo 767 trabajadores extranjeros han querido acogerse al plan de retorno voluntario, que les permite cobrar el paro de forma anticipada y acumulada si se comprometen a no regresar a España en tres años.

En su primer mes de vigencia, sólo 767 trabajadores extranjeros han querido acogerse al plan de retorno voluntario, que les permite cobrar el paro de forma anticipada y acumulada si se comprometen a no regresar a España en tres años.

L D (EFE) Los ecuatorianos son los que más solicitudes han presentado, 318, seguidos de los de Colombia, 129, y Argentina, 105. Del las 767 peticiones, 300 han sido reconocidas y de ellas 210 han sido abonadas (77 ecuatorianos, 44 colombianos y 24 argentinos, entre otros).

Según los cálculos del Ministerio de Trabajo e Inmigración, la cifra de potenciales beneficiarios de la medida se eleva a 87.000, con una duración media de la prestación del paro de entre los seis y 18 meses.

Por sectores, el 37 por ciento de las personas que han presentado solicitud durante este mes pertenecen a la construcción; el 31 por ciento a actividades inmobiliarias y alquiler de servicios a empresas (incluido servicio doméstico), el 9 por ciento a comercio y el 8 por ciento a hostelería.

Por sexos, 180 son hombres y treinta mujeres y la cuantía media reconocida y abonada es de 9.670 euros, mientras que por provincias son mayoritarios los residentes en Madrid (130), Murcia (100), Barcelona (73), Alicante (63) y Valencia (56).

El programa de retorno voluntario afecta a los nacionales de los países no comunitarios con los que España tiene convenios de Seguridad Social: Andorra, Argentina, Australia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Ecuador, Rusia, Filipinas, Marruecos, México, Paraguay, Perú, República Dominicana, Túnez, EEUU, Ucrania, Uruguay y Venezuela.

Para acogerse al programa es necesario ser demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo y tener reconocido el derecho a la prestación por desempleo contributiva, sin compatibilizarlo con un trabajo a tiempo parcial.

También habrá de asumir el compromiso de retornar a su país de origen y no volver a España en el plazo de tres años para residir y/o realizar una actividad lucrativa o profesional por cuenta propia o ajena.

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