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Los militares podrán ser sancionados económicamente por sus faltas disciplinarias

Los representantes de las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal podrán ser sancionados por sus declaraciones.

Las multas económicas llegan a los Ejércitos. El anteproyecto de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas, aprobado este viernes por el Consejo de Ministros, recoge la posibilidad de que los militares puedan ser sancionados económicamente por sus faltas de disciplina, ya sean leves o graves. La misma podrá suponer, como máximo, hasta 15 días de sueldo.

El ministro de Defensa, Pedro Morenés, justificó esta decisión en que este tipo de sanciones existen en buena parte de los principales ejércitos profesionales, entre los que enumeró el de Francia, Reino Unido o Alemania en Europa y los de Estados Unidos, Canadá o México en Norteamérica.

La modificación y actualización del Régimen Disciplinario era una cuestión pendiente desde que el Congreso de los Diputados aprobase la pasada legislatura la Ley de Derechos y Deberes de los militares. Asimismo, existía la necesidad de adaptar el antigua ley, de 1998, a las nuevas normativas como la Directiva de Defensa Nacional, la Ley de la Carrera Militar, o a nuevas realidades como las misiones en el exterior.

El texto será ahora remitido al Consejo de Estado para que lo analice y estudie, después de que el mismo ya haya sido analizado tanto por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) como por el Consejo Fiscal, que emitieron sendos "informes favorables", con algunas "matizaciones", que fueron incluidas en el texto aprobado.

Otras de las novedades es que los representantes de las asociaciones profesionales con representación en el Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas podrían ser sancionados por sus actuaciones o declaraciones al frente de las mismas, aunque sólo tendrán potestad para hacer el propio ministro y el subsecretario de Defensa.

Se reduce asimismo el número de días de arresto a los que se puede enfrentar un miembro de las Fuerzas Armadas. Por faltas leves, no podrán ser sancionados con más de 14 días; por faltas graves, serán de 15 a 30 días; y, por faltas muy graves, será como máximo de dos meses. En estas últimas, podría llegar a darse el caso de la resolución del compromiso, es decir, del despido, en caso de militares de complemento.

También habrá nuevos tipos de sanciones, como podrá ser la expresión pública de opiniones que no se ajusten a la disciplina o la desconsideración con superiores de "palabra, por escrito o por medios telemáticos", en alusión, este último término, a las que se puedan hacer utilizando internet, los correos electrónicos o las redes sociales.

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