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Diez autos del TSJC obligan a la Generalidad a educar en castellano en diez colegios

Se deberá garantizar desde este momento educación bilingüe a los alumnos de 10 colegios. Ahora sólo recibían tres horas de castellano semanales.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha confirmado hasta en diez autos distintos – dictados entre el 6 y el 14 de marzo – que la Generalidad deberá garantizar el bilingüismo en las clases de diez colegios de Cataluña donde varias familias lo habían solicitado respaldadas por Convivencia Cívica Catalana.

Esta medida que deberá aplicarse de forma inmediata, sin esperar al curso que viene, afectará a unos 300 alumnos catalanes de los diez centros escolares distribuidos en diferentes localidades: cinco en la provincia de Barcelona, tres en la de Tarragona y otros dos en las comarcas gerundenses.

El TSJC ha corroborado, de esta manera, las medidas cautelares explicitadas en diferentes autos de los meses de enero y febrero de este año en los que ya había requerido al gobierno autonómico catalán a aplicar el bilingüismo en dichos centros y que habían sido recurridos por éste. Ahora, la decisión del tribunal es irrecurrible, explican desde CCC, aunque sí pueden acudir al TS, presentando un recurso de casación.

En estos autos judiciales, el alto tribunal catalán pone en tela de juicio el actual modelo de inmersión y subraya que ningún padre puede exigir el derecho a recibir la enseñanza sólo en catalán. En concreto, establece que puede haber "padres que puedan querer y desear que el modelo lingüístico actual (de la inmersión) no se modifique. Ahora bien, ello no es óbice a lo acordado. Es sabido que el derecho fundamental a la educación (artículo 27 de la Constitución) en su aspecto lingüístico no garantiza ningún derecho de opción a recibir la enseñanza exclusivamente en una sola de las lenguas oficiales".

Bilingüismo para toda la clase

En esta línea, remarca que "el modelo de conjunción lingüística o bilingüismo integral es conforme con el bloque de constitucionalidad".

Asimismo, recuerda lo establecido por el Tribunal Supremo: que el sistema "ha de adaptarse a toda la clase – o unidad escolar– de la que forma parte ese alumno", lo que afecta al estudiantes juntamente con sus compañeros, y no sólo al estudiante cuya familia ha recurrido. El tribunal argumenta que, de otro modo, "tendría que ser separado el hijo de la parte actora en una clase aparte, o permenecería en la misma con atención individualizada", si bien explicita que este extremo ha sido rechazado por TS por considerar que la atención particular es discriminatoria.

Sólo 3 horas a la semana en castellano

También, el TSJC alerta en su resolución sobre el desequilibrio llamativo en la distribución horaria de las dos lenguas en las escuelas analizadas, considerando inaceptable el uso del castellano en tan sólo tres de las 25 horas lectivas de la semana escolar. En concreto, el tribunal recuerda al gobierno de Artur Mas que "una cosa es que el catalán sea el centro de gravedad y otra que ocupe todo el espacio" y añade: "hasta el punto de que en los casos examinados por esta Sala tan sólo se empleaba el castellano durante tres horas semanales".

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