Menú

El Constitucional suspende la aplicación de la declaración secesionista de Cataluña

El TC ha admitido a trámite el recurso que interpuso el Gobierno contra la declaración.

Tras haberse reunido en varias sesiones plenarias, el Tribunal Constitucional (TC) ha decidido admitir a trámite este miércoles la impugnación del Gobierno central contra el acuerdo del Parlamento catalán del pasado 23 de enero, en el que defendía que Cataluña es "sujeto jurídico y político soberano", y lo ha suspendido provisionalmente, según confirmaron fuentes del tribunal.

De momento, la estimación de la impugnación de la Abogacía del Estado sólo implica la suspensión automática y temporal de dicho acuerdo durante cinco meses ya que, posteriormente, el Alto Tribunal tendrá que pronunciarse sobre el fondo del asunto. El TC establece que la resolución del Parlamento catalán queda suspendida desde el pasado 8 de marzo; fecha en la que el Ejecutivo presentó su recurso.

La decisión adoptada este miércoles por el pleno obece al artículo 161 de la Constitución: "el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las comunidades autónomas".

"La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida pero el Tribunal deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses", añade el citado artículo.

Ahora, el gobierno catalán dispone de un plazo de 20 días para presentar ante el guardián de la Constitución las alegaciones y documentación que estime oportunas.

Primer varapalo a Mas

Aunque está decisión es sólo el primer paso ante lo que se presume una ardua batalla jurídica con la Generalidad en los próximos meses, lo cierto es que el varapalo al gobierno de Artur Mas es indudable.

Es la primera vez en democracia que el TC suspende un acuerdo de un parlamento autonómico, pues aunque el precedente más cercano es lo sucedido con el Plan Ibarretxe, la situación no fue similar. No obstante, fuentes del Alto Tribunal no coinciden en interpretar cuál podría ser el efecto práctico de la suspensión al no tener dicha declaración rango de ley.

El Constitucional consultó hace días al Parlamento catalán para que aclarase cuál de los dos acuerdos por el derecho a decidir que ha adoptado en los últimos meses, el primero en enero y el segundo en marzo, es válido. El segundo acuerdo abogaba por abrir un diálogo con el Gobierno. El Parlamento catalán respondió que ambos son válidos, es decir, que el segundo no anula el primero, el impugnado por el Gobierno central.

El pasado 13 de marzo el Parlamento catalán aprobó por más de dos tercios de la Cámara (104 votos), una resolución en la que se instó al Gobierno de la Generalidad a "iniciar un diálogo" con el Gobierno del Estado para celebrar una consulta secesionista en Cataluña. Esta iniciativa fue votada a favor por CiU, ERC, ICV-EUiA y PSC.

Previamente, el 23 de enero pasado, el Parlamento catalán dictó una primera declaración soberanista que no contó con el apoyo del PSC y sí recabó el aval de CiU, ERC e ICV. En esta primera declaración, el Parlamento defendía que Cataluña es "sujeto jurídico y político soberano", y contó entonces con el apoyo del 6 % de diputados de la Cámara catalana, frente al 77% de la segunda resolución soberanista.

Temas

En España

    0
    comentarios