Menú

El Supremo rebaja la pena a Matas y le libra de la cárcel

Elimina los delitos de malversación y prevaricación y mantiene la condena por tráfico de influencias.

En una sentencia de casi cien folios, el Tribunal Supremo da un respiro al expresidente balear Jaume Matas y le rebaja de seis años a 9 meses de cárcel la condena por la primera causa donde el exdirigente ha sido juzgado en el marco de la investigación denominada Palma Arena.

Con esta decisión, la Sala de lo Penal del Alto Tribunal evita que Matas ingrese en prisión al ser su condena menor a dos años y carecer el político de antecedentes penales hasta la fecha.

La resolución, con ponencia del magistrado Carlos Granados, confirma que el exministro de Medio Ambiente cometió un delito de tráfico de influencias cuando desde de su Ejecutivo se contrató al periodista Antonio Alemany y por ello deberá pagara multa de 6.000 euros ya que se aprovechó de su "autoridad jerárquica" para presionar a sus subordinados y que se pudiera así establecer una relación laboral con el articulista.

No obstante, esta condena es mucho más leve que la interpuesta en marzo de 2012 por la Audiencia Provincial de Baleares. En aquella ocasión, el tribunal condenó al político como autor por indución de los delitos de fraude a la administración; continuado de falsedad en documento oficial; falsedad en documento mercantil; prevaricación en concurso con un delito de malversación y un último de tráfico de influencias agravado.

Ahora, la Sala compuesta por los magistrados Juan Ramón Berdugo, José Manuel Maza, Manuel Marchena, Carlos Granados (ponente y presidente) y Alberto Jorge Barreiro (quien ha emitido un voto particular) eximen a Matas de cinco de los seis delitos atribuidos por la Audiencia de Palma.

En la sentencia, los togados sostienen que en los hechos juzgados en la presente causa "no se encuentra ese fraude o engaño para perjudicar a la Administración". "Podrá existir una irregularidad administrativa e incluso otra figura delictiva, pero de ningún modo pueden apreciarse los elementos" relativos a una posible defraudación, concluye la Sala.

El Supremo, que, no discute las 23 páginas hechos probados por el tribunal balear, sí rebate la consideración delictiva que les atribuyó la Audiencia. Es más, en la sentencia se llega a afirmar que el contrato suscrito por el gobierno balear para contratar a Alemany "tenía como fin cumplir un servicio público", un interés público que, añade, "efectivamente se prestó".

Rebaja generalizada de penas

Más en concreto, el tribunal se refiere a la articulación de la convocatoria de la que resultó adjudicataria la agencia de comunicación Nimbus, tras la cual se formalizó un contrato con esta mercantil -que en mayo de 2003 se había encargado de la organización de la campaña electoral del PP- y que, según sostenía la Audiencia, sirvió de pantalla para poder pagar la redacción de las intervenciones públicas de Alemany.

En este sentido, la Sala considera "especialmente significativo" que la Audiencia declarase que el contrato otorgado en materia de asesoramiento y comunicación sirvió para retribuir todos los servicios que Matas le encomendó, y que "efectivamente llevó a cabo durante toda la legislatura". Unos trabajos que fueron entregados a través de Consultores de Información de Baleares, propiedad de Alemany, que a su vez los facturaba mensualmente a Nimbus.

Por su parte, a Antonio Alemany el TS le rebaja la condena a 2 años y 3 meses de prisión, cuando en un principio, se le había condenado a 3 años y 9 meses. En concreto, se mantienen para él los delitos de prevaricación administrativa, malversación y dos de falsedad en documento mercantil.

Mientras tanto, en el caso del exdirector general de Comunicación del Gobierno balear Joan Martorell, quien se conformó a una pena de un año y seis meses de cárcel, finalmente le ha sido reducida a siete meses, al tiempo que el propietario de la mercantil Nimbus, Miguel Romero, ha quedado absuelto de todos los ilícitos por los que fue condenado, a pesar de que también había alcanzado un acuerdo de conformidad con las partes durante el juicio celebrado por estos hechos. Tanto Alemany y Martorell deberán indemnizar con 11.550 euros a la Comunidad Autónoma.

Contra esta sentencia, que es firme, no cabe recurso. No obstante, Jaume Matas se encuentra imputado en una veintena de causas judiciales en el marco del Palma Arena,

Temas

En España

    0
    comentarios