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Ruz valida las pruebas practicadas en Gürtel y rechaza la nulidad del sumario

El magistrado de la Audiencia Nacional cierra así una de las piezas separadas de la trama Gürtel.

En un auto hecho público este lunes el juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha validado la licitud de las diligencias practicadas en la instrucción de la trama Gürtel.

El magistrado rechaza la pretensión de varias defensas que habían alegado que las pruebas practicadas en la investigación podrían verse afectadas de nulidad por conexión con las conversaciones grabadas de forma ilícitas en prisión por orden del exjuez Baltasar Garzón entre los principales cabecillas de la trama, Francisco Correa y Pablo Crespo.

Con esta decisión, el instructor del Juzgado Central de Instrucción número 5 cierra una pieza sobre posibles nulidades que abrió en abril de 2010 el juez instructor del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), Antonio Pedreira, y avala las diligencias practicadas antes y después de que se autorizaran las escuchas, por las que en febrero de 2012 el Supremo condenó a Garzón a 11 años de inhabilitación.

En el auto, Ruz explica que, basándose en la doctrina jurisprudencial, para hablar de "conexión de antijuridicidad" primero hay que acreditar que existe una causalidad entre las pruebas declaradas ilícitas -las comunicaciones interceptadas en los locutorios de la cárcel madrileña de Soto del Real entre Correa y Crespo- y las diligencias cuya nulidad se plantea.

En el presente caso, el magistrado recuerda que las grabaciones anuladas no se produjeron en el origen o el momento inicial de la investigación de Gürtel sino "en un momento ulterior donde ya se habían acordado diligencias como intervenciones telefónicas, entradas y registros domiciliarios, etc, por lo que "carece de todo fundamento y sustento la pretensión esgrimida por alguna de las partes de que sea declarada la nulidad de la totalidad de la instrucción".

El juez subraya que "difícilmente podrá argumentarse la existencia de una relación o conexión de causalidad entre las intervenciones de las comunicaciones en prisión declaradas ilícitas y el amplio conjunto de diligencias y actuaciones practicadas en fecha anterior y que convierte en estéril e innecesario el debate.

En la resolución, Ruz recuerda también que el volcado de las grabaciones se hizo cumpliendo todas las garantías procesales y que un informe pericial ordenado entonces por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid avaló la falta de alteración o modificación de los archivos originales.

En este sentido, la única diligencia que según Ruz se practicó a partir de las conversaciones que Correa y Crespo mantuvieron en prisión con sus abogados fue el registro de sus celdas en la cárcel de Soto del Real (Madrid), de la que no se extrajo material probatorio alguno según han informado fuentes jurídicas.

La nulidad fue solicitada por las defensas de Correa; su número dos, Pablo Crespo; y el testaferro del primero, Antoine Sánchez; al que se adhierieron las representaciones del extesorero del Partido Popular (PP) Luis Bárcenas y otros seis imputados. De igual forma confirma el auto que el instructor, Pablo Ruz, dictó en mayo pasado.

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