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El responsable de Hipercor y ocho asesinos más, excarcelados por la Audiencia

Entre los terroristas que se benefician de la decisión de la Audiencia están algunos tan sanguinarios como Domingo Troitiño.

La Audiencia Nacional ha decidido, en un pleno celebrado este viernes, poner en libertad a nueve terroristas afectados por la doctrina Parot que habían solicitado su excarcelación amparándose en el fallo de Estrasburgo. Pese a que en un primer momento Marlaska había planteado la posibilidad de esperar al dictamen del Supremo sobre este asunto, que se conocerá el próximo día doce, una ajustada mayoría de magistrados ha decidido ordenar nueve excarcelaciones. Estos son los perfiles de los terroristas que ahora saldrán de prisión:

Domingo Troitiño Arranz: es uno de los miembros más sanguinarios de la banda terrorista ETA, integrado en el grupo Barcelona. Fue condenado a 1.600 años por el atentado con coche bomba cargado de explosivos y líquido inflamable en el parking del Hipercor de la Ciudad Condal el 19 de junio de 1987, pena que resulta de sumar 30 años de cárcel por cada uno de los ventiún asesinatos, más cinco delitos de lesiones con pérdida de miembro principal y otras penas también por lesiones graves. Pero antes de la masacre de Hipercor, Domingo Troitiño asesinó a los guardias civiles Ángel Zapatero Antolín (14 de junio de 1984) y Antonio González Herrera (27 de marzo de 1987), y a Juan Fructuoso Gómez, técnico industrial, alcanzado de lleno por la explosión de un coche-bomba en Barcelona (2 de abril de 1987).

Jon Koldo Aguinagalde: fue miembro del grupo Aizkora de ETA. El 26 de octubre de 1983 asesinó a Lorenzo Mendizábal en Irún mientras despachaba en la carnicería de la que era copropietario. El 14 de junio de 1984 asesinó al guardia civil Ángel Zapatero Antolín, junto a Domingo Troitiño y Ángel Zabaleta Mendía. Aguinagalde fue condenado en 1986 a 61 años por ambos asesinatos.

Además de los dos asesinatos, fue condenado dos veces más: a seis años y un día de prisión y otra pena de seis meses y dos días por los delitos de pertenencia a banda armada, tenencia ilícita de armas, amenazas y utilización ilegítima de vehículos.

La Audiencia Nacional fijó como fecha de su puesta en libertad definitiva el 30 de julio de 2014. En 2004 se vio envuelto con otro etarra, Patxi Ruiz Romero, en una reyerta con un preso común que intentó acuchillarlos con un arma casera.

Joseba Koldobika Artola Ibarreche: perteneció al grupo Orbaizeta creado en 1983. Fue detenido en junio de 1986 y condenado a 262 años de cárcel por dos asesinatos, atentado con muerte y asesinatos frustrados. Entre sus crímenes, están el de Agapito Sánchez Angulo, peluquero de Portugalete asesinado delante de su esposa; el asesinato de José Luis Raimundo Moya, comisario de Policía; el del taxista Juan José Uriarte Orúe, primo del obispo de Bilbao y la muerte del miembro de ETA José Luis Oliva.

Luis María Azkargorta Belategi: fue encarcelado en abril de 1988 tras presentarse voluntariamente en la Audiencia Nacional cuando era buscado por su colaboración con ETA. En junio de 1990 fue condenado a 37 años por su implicación en el atentado que costó la vida al policía Félix Gallego Salmón, perpetrado el 14 de septiembre de 1985 en Vitoria. Salió de la cárcel en 2003 tras concedérsele la libertad condicional, pero meses después la decisión fue revocada. La aplicación de la doctrina Parot impidió que saliera de la cárcel en 2007. Tenía prevista su excarcelación en 2018.

Isidro Garalde Bedialauneta (alias Mamarru): suma condenas por 169 años. Instruyó al grupo itinerante de ETA comandado por Henri Parot en el uso de diverso armamento, les señaló algunos de los asesinatos que llevaron a cabo y fue el encargado de entregarles explosivos para la colocación de coches-bomba. Fue detenido en Francia en 1985 y cumplió allí siete años de cárcel, hasta su extradición. Muy próximo a Txomin, su atentado más grave fue el cometido el 7 de mayo de 1981, cuando una bomba contra el jefe del Cuarto Militar de la Casa Real, el teniente general Joaquín Valenzuela Alcívar-Jáuregui, que resultó herido de gravedad, mató a tres militares. Garalde fue condenado como cooperador necesario. Fue quien facilitó a Parot, el ejecutor del acto terrorista, todos los datos sobre los hábitos de los militares además de los explosivos para cometer el atentado. Además, participó o fue cooperador necesario de otros seis atentados. Su salida de la cárcel estaba prevista para abril de 2020.

Jokin Mirena Sancho: formó parte del grupo Mendaur junto a su hermano Fermín y José Ignacio Urdiain Ciriza. El 7 de junio de 1984 disparó a quemarropa al policía nacional Diego Torrente Reverte, en Pamplona. Por este asesinato fue condenado a 27 años de prisión. El 27 de junio del mismo año 1984 asesinó en Pamplona al jefe del servicio de Comunicaciones del aeropuerto de Noáin, Jesús Blanco Cereceda. Tenía fijada su salida de prisión para diciembre de 2009, pero la aplicación de la doctrina Parot le impuso casi 10 años más, hasta agosto de 2019.

Iñaki Urdiain Ciriza: fue condenado a 71 años de prisión. Participó en el asesinato de dos personas. El 7 de junio de 1984 asesinaba (con Jokin Mirena Sancho) en Pamplona al policía nacional Diego Torrente Reverte. El 28 de junio de 1986 participó como autor material en el asesinato del guardia civil Francisco Muriel Muñoz en Zarauz, en un atentado que dejó heridos a varios de sus compañeros. Entre ellos, José Carlos Marrero Sanabria, que quedó gravemente herido en la cabeza, lo que le provocó secuelas psicológicas de las que no se sobrepuso.

Urdain Ciriza ha realizado 13 huelgas de hambre. Su salida de la cárcel estaba prevista para 2019.

Elías Fernández Castañares: fue condenado a 58 años de prisión. Participó en dos asesinatos: el de Agapito Sánchez Angulo (19 de enero de 1985), peluquero de Portugalete, y el del taxista Juan José Uriarte Orue (17 de mayo de 1985), primo del obispo de Juan María Uriarte. En ambos asesinatos actuó con Joseba Koldobika Artola Ibarreche, también excarcelado hoy por la Audiencia Nacional.

Francisco Gómez López: Fue condenado a 48 años de cárcel por delitos relacionados con la actividad terrorista, como pertenencia a banda armada, tenencia de explosivos, depósito de armas, coacciones y atentado en grado de tentativa.

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