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Dos años de prisión a quienes propinaron los tartazos a Barcina

Gorka Ovejero, Martín Villanueva y García Garrido recibirán esta pena; Mikel Álvarez será condenado a un año de cárcel.

Un 'tartazo' constutiye un delito de atentado. Así lo ha dictaminado la Audiencia Nacional que ha condenado a dos años de cárcel al que era teniente de alcalde del Ayuntamiento de Arruazu (Navarra), Gorka Ovejero, y a los activistas de la asociación Mugitu! Julio Martín Villanueva e Ibon García Garrido por los tres tartazos que propinaron a la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina.

En una sentencia notificada este miércoles, la Sección Primera de la Sala de lo Penal -presidida por el magistrado Fernando Grande Marlaska- les atribuye un delito de atentado contra la presidenta de una comunidad autónoma a estos tres acusados, que arrojaron las tartas, y a Mikel Álvarez Forcada, al que condena a un año de cárcel por considerar que no participó en el lanzamiento. Los cuatro tendrán además que abonar una multa de 900 euros cada uno.

El tribunal considera probado que el 27 de octubre de 2011 los cuatro acusados interrumpieron el Consejo Plenario de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos que se celebraba en Toulouse (Francia) y que llevaron a cabo "una acción violenta corporal en la que la víctima fue golpeada hasta tres veces con unas tartas".

Durante el juicio, Yolanda Barcina declaró que "vio acercarse a unas personas, sin sospechar nada, hasta que uno se abalanzó sobre ella con la tarta que le estampó en la cara haciéndole daño, e inmediatamente después otro y otro". También describió la desorientación en que se encontraba, sin poder ver por el merengue, hasta que uno de sus escoltas la coge el brazo y la saca de la sala".

Según la sentencia, las manifestaciones de la presidenta navarra "son claras y precisas y no existe motivo alguno para no darles credibilidad". Como pruebas, la Sala considera válidos el testimonio del escolta de Barcina y el vídeo donde se puede apreciar la agresión.

"Estampar tartas en la cara"

Los magistrados argumentan que, al ser la víctima presidenta de una comunidad autónoma y sufrir el atentado en el ejercicio de su cargo, los cargos deben ser considerados como delito de atentado cualificado.

"En este caso el hecho consistió en estampar en la cara y cabeza de la presidenta de una comunidad autónoma unas tartas. Este hecho se lleva a cabo durante la sesión plenaria del GTP, el que doña Yolanda intervenía como Presidenta de la Comunidad Navarra. La sesión se vio interrumpida y la presidenta obligada por los golpes de las tartas a salir de la Sala", concluye la Audiencia Nacional.

Pese a condenar a Gorka Ovejero, a Julio Martín Villanueva e Ibon García Garrido por un delito de atentado la Sala les rebaja la pena en un grado al considerar que la infracción penal es en un territorio (Francia) que establece unas penas sensiblemente menores a las establecidas en la legislación española. "Actuaron en la creencia errónea de que sería en ese territorio donde se les podría exigir responsabilidades", señala la resolución.

Al carecer de antecedentes penales ninguno de los condenados ingresará previsiblemente en prisión, según informaron fuentes jurídicas.

Por su parte, el Gobierno de Navarra ha considerado "justa" y "proporcionada" la sentencia de la Audiencia Nacional ya que demuestra que la agresión recibida por Yolanda Barcina "fue un hecho delictivo, no un acto de protesta".

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