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Golpe judicial a la 'Associació de Municipis per la Independència', la 'Udalbiltza' catalana

Primer fallo contra un ayuntamiento por pagar cuotas a la entidad separatista, que el juez basa en sentencias sobre la plataforma proetarra.

La guerra de las banderas en los ayuntamientos catalanes es la parte más visible de la ofensiva judicial de la Delegación del Gobierno en Cataluña contra el separatismo en los consistorios, pero los recursos y demandas abarcan otras variantes del insurrecionalismo municipal. En una de ellas, la del pago de cuotas a la "Associació de Municipis per la Independència" (AMI), el juzgado de lo contencioso administrativo número 1 de Gerona ha emitido la primera sentencia al respecto, un fallo en el que estima el recurso de la Administración del Estado contra el ayuntamiento de Garriguella por satisfacer a cuenta de fondos públicos una derrama para financiar las actividades de la AMI.

La Delegación del Gobierno ha interpuesto al menos 35 demandas contra otros tantos ayuntamientos por este motivo, el de sostener una plataforma municipalista cuyos fines nada tienen que ver con las competencias de las administraciones locales. En el caso de Garriguella, el dinero es lo de menos, puesto que la cuota era testimonial: 75,50 euros. Evidentemente, la AMI no se sostiene con tan magras aportaciones. La ingeniera financiera de las administraciones locales, con la ayuda de los servicios técnicos de las diputaciones, complica en extremo el seguimiento del rastro del dinero público. La opacidad de las cuentas de la AMI es similar a la de la Assemblea Nacional Catalana (ANC), sin contar, además, con el uso que hacen tanto una como otra de infraestructuras locales, desde despachos a espacios públicos para manifestaciones, y las facilidades institucionales que encuentran a su paso.

El 18 de julio en Garriguella

Lo que ocurrió en Garriguella, como en otros muchos ayuntamientos, es que se quiso solemnizar en pleno la pertenencia a la AMI y se aprovechó, de paso, para aprobar el pago de cuota en Junta de Gobierno Local. La fecha elegida para ello no pudo dejar más satisfechos a los promotores municipales de la secesión, el 18 de julio del año pasado.

Diez meses después, un magistrado, Benjamín Górriz Gómez, ha emitido un fallo basado en una sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, de fecha 21 de junio de 2006, y en otra del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, del 15 de diciembre de 2003. En esta última, refiere el juez de Gerona, se puede leer que "al afectar fondos a Udalbiltza el Ayuntamiento demandado podrá estar haciéndose eco de lo que se considera una reivindicación mayoritaria en el conjunto de la sociedad vasca, pero la actividad que asuma en ningún caso supondrá el desenvolvimiento de algunas de las actividades prestacionales de su pertenencia. La Ley de Bases de Régimen Local no justifica la conversión de los Ayuntamientos en organizaciones de difusión o defensa de proyectos políticos supramunicipales".

A los efectos de Garriguella y Cataluña, el juez afirma: "En el presente caso es claro el intento de afectación de recursos públicos a fines que no guardan conexión con los ámbitos competenciales atribuidos a las Entidades Locales, por lo que, por lo ya expuesto, el motivo de impugnación debe ser estimado".

La alusión a la Udalbiltza vasca remite a la misma creación de la AMI, cuya "hoja de ruta" es un calco de la que impuso Batasuna a los municipios vascos en una de las fases más agudas del terrorismo etarra. Los propios estatutos de la organización municipalista catalana lo confirman.

Sant Cugat paga 8.100 euros

En cuanto a la cantidad, menos irrisorias resultan otras magnitudes que maneja la AMI, una entidad impulsada por CiU y en la que los alcaldes de ERC y no pocos del PSC participan con entusiasmo y sin reparar en gastos. De los 947 municipios catalanes, 692 forman parte de la plataforma, liderada por el alcalde de Vic, el exdemocristiano Josep Maria Vila d'Abadal. Y no todos pagan cuotas tan ínfimas. El Ayuntamiento de Sant Cugat, por ejemplo, ha aprobado una cuota de afiliación de 8.100 euros, lo que motivó otro recurso de la Delegación del Gobierno pendiente de resolución judicial, como lo están los más de treinta restantes que por este motivo ha interpuesto en juzgados de las cuatro provincias catalanas.

La actividad judicial contra el proceso también afecta a los ayuntamientos que se han declarado "territorios libres y soberanos" y a aquellos que predican o practican la insumisión fiscal. La delegada del Gobierno, Llanos de Luna, ha rubricado más de doscientas demandas y recursos por estas causas desde 2011.

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