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Hacienda confirma que Urdangarín "ideó un artificio defraudatorio"

El informe de Hacienda sobre los posibles delitos fiscales de Urdangarín dice que él "ideó un artificio defraudatorio" y exculpa a las empresas.

El informe de Hacienda sobre los posibles delitos fiscales de Urdangarín dice que él "ideó un artificio defraudatorio" y exculpa a las empresas.

Hacienda confirma sus sospechas sobre el Duque de Palma: que cometió presuntamente dos delitos fiscales en los años 2007 y 2008 a través de sus declaraciones de la renta.

La Agencia Tributaria de Cataluña ha manifestado, en el último informe que ha presentado ante el Juzgado de Instrucción número 3 de Palma José Castro, que fue Iñaki Urdangarín quien actuó "con engaño" ante Hacienda para defraudar un total de 337.138 euros en las cuotas del IRPF correspondientes a los años 2007 y 2008.

"En suma, queda acreditado que nos hallamos ante un artificio defraudatorio ideado con toda probabilidad por el perceptor, que las empresas pagadoras se limitaron a asumir, pero que de ninguna forma les es "imputable" concluye el informe, al que ha tenido acceso Libertad Digital.

El Duque de Palma alegó que las empresas que le abonaron las retribuciones "no actuaron con la diligencia debida en el momento de presentar su declaración, dejando de practicar la correspondiente retención sobre los presuntos rendimientos abonados".

Sin embargo, en el informe la AEAT recalca cómo "el incumplimiento de la obligación de retener" resulta "claramente achacable" al marido de la Infanta Cristina, e incide de forma tajante en que esta actuación irregular "no fue precisamente ideada por las empresas, sino por el propio Urdangarín".

"En el presente supuesto, se ha constatado que fue el señor Urdangarln quien actuó con engaño en dos elementos decisivos: en primer lugar, como se ha dicho, en la descripción de los servicios facturados, ya que utilizó un concepto distinto que no estaba sometido a retención; pero también es manifiesto un segundo ardid, que atañe a la identidad del sujeto emisor de las facturas, puesto que quien factura (Alzoon, SL), no es la persona miembro del Consejo, sino una sociedad interpuesta por el señor Urdangarin con el objetivo de eludir la tributación progresiva por el IRPF, que se ha demostrado puro artificio. Situación esta a la que son absolutamente ajenas las entidades pagadoras, ni les era exigible conocer", manifiesta la Agencia Tributaria.

Urdangarín conocía "la recta" tributación

Los inspectores de Hacienda señala una constante jurisprudencia del Tribunal Supremo afirma que la administración tributaria "debe regularizar el IRPF en sede del sujeto pasivo no de la empresa" pagadora.

Las empresas Altadis, Pemod Ricard, Mixta África, Lagardére Ressources, Havas Sports, Seeliger y Conde, Aceros Bergara y Motorpress Ibérica, satisficieron a la mercantil Aizoon, la sociedad que Urdangarín tenía al 50 por ciento con la infanta Cristina.

La Agencia Tributaria explica que conforme a la normativa del Impuesto sobre Sociedades, no existe obligación de retener a cuenta de este impuesto por los pagos derivados de prestaciones de servicios de asesoría, asistencia, o consultarla contratadas. Por esta razón, ninguna de las compañías ha practicado retención, ni ha ingresado a cuenta, ni lo ha declarado, ni Aizoon, se ha deducido cantidad alguna por retenciones sobre tales rendimientos.

El informe explica que "se ha verificado" que algunos de los citados pagos deben ser considerados realmente como retribuciones de Urdangarin por la condición de consejero de varias de estas empresas "por lo que la consecuencia fiscal es que tales rentas deben sujetarse directamente al IRPF como rendimientos del trabajo personal y no como rendimientos de actividades económicas".

En este sentido "tampoco puede desconsiderarse el hecho de que el propio señor Urdangarin, en paralelo, percibiera como persona física rendimientos del trabajo sujetos a retención procedentes de Telefónica Internacional por su pertenencia al Consejo de Administración. Ello conduce a considerar que conocía perfectamente cuál era la recta tributación de tales percepciones", recalca Hacienda.

Con esta pericial, Castro cuenta con conclusiones más precisas en las que basarse de cara a incluir al yerno del Rey don Juan Carlos en el auto con el que pondrá fin a la instrucción de la causa y decidir, por ende, si también mantiene la imputación de la propia hija del Rey como cooperadora de los delitos fiscales presuntamente cometidos por su marido.

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