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Enchufismo enfermizo en la Junta: ahora en la Agencia Agapa

El organismo ha confirmado la denuncia de UGT en torno a 80 personas enchufadas por la consejera de IU, Elena Cortés.

Según la Cámara de Cuentas, el enchufismo persiste en la Junta de Andalucia. Al enchufismo patológico de la Junta y el PSOE desde 1982, ampliamente denunciado en "la Tela de Araña andaluza" se siguen uniendo nombres y apellidos. Recientemente incluso los sindicatos denunciaron que la consejera de IU, Elena Cortés, había enchufado a 80 personas en la estructura de su departamento. Ahora, la Cámara de Cuentas lo ha detectado al analizar la Agencia Agapa, (Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía), procedente de la antigua empresa pública DAPSA.

En el caso del personal directivo y de especial confianza, la Cámara expresa en su informe de fiscalización que "en los expedientes de personal analizados no consta documentación que pueda acreditar que la selección se haya realizado mediante procedimientos que garanticen la publicidad y concurrencia, tal como establece el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Tampoco se ha podido determinar si su provisión se ha realizado atendiendo a los principios de mérito, capacidad e idoneidad". Esto es, el dedo ha funcionado con generosidad en la nueva Agencia, heredando el enchufismo de su antecesora, DAPSA.

En cuanto al personal contratado como Asesor, no estaban previstos en la estructura orgánica definida en los estatutos de la empresa pública, ni en los estatutos de la actual Agencia, ni constan con autorización ni del Consejo de Administración de DAPSA primero, ni del Consejo Rector de la Agencia, una vez constituida ésta.

Sin embargo, en todos los contratos se acuerda que el personal presta los servicios en la empresa como persona de confianza excluida del ámbito de aplicación del convenio colectivo, quedando sujeta la relación laboral a los pactos que se establecen en el contrato y, en su defecto, a lo  previsto en el Estatuto de los Trabajadores y demás normativa laboral de aplicación.

Como ya es costumbre en la administración paralela de la Junta, en este caso ninguno de los expedientes analizados queda acreditado que la provisión se realizó atendiendo a los principios de mérito, capacidad e idoneidad; tampoco consta que la selección  se haya realizado mediante procedimiento que garantice la publicidad y concurrencia. Estas  incidencias vulneran lo establecido en el artículo 70.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre de 2007, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por si fuera poco, la Cámara ha comprobado que los titulares de estos puestos prestan servicio en órganos directivos de la Consejería de Agricultura y Pesca de los que dependen funcionalmente. Pero no les ha pagado la Consejería sino la propia Agencia.

En cuanto al personal sometido a Convenio, la historia se repite y la arbitrariedad es la ley. Dice la Cámara "que los expedientes de personal contratado no aportan documentación suficiente para garantizar que se hayan respetado los principios de publicidad, igualdad, mérito y capacidad.

Y curiosamente, "en la selección del personal para proyectos de duración determinada, la empresa requiere a los candidatos experiencia en el mismo proyecto, funciones y provincia encargado en campañas anteriores, por lo que el acceso de personal con experiencia en otras campañas o instituciones puede quedar restringido".

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