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El Tribunal Constitucional suspende el referéndum separatista de Mas

El tribunal de garantías deja sin efecto de forma automática tanto la ley de consultas como la convocatoria del 9-N.

El tribunal de garantías deja sin efecto de forma automática tanto la ley de consultas como la convocatoria del 9-N.

El Gobierno de Artur Mas se ha encontrado este lunes con la primera piedra en el camino hacia la independencia de Cataluña. El Pleno del Tribunal Constitucional ha acordado este lunes por unanimidad suspender la ley de consultas y la convocatoria del 9-N de acuerdo con la Constitución.

El tribunal de garantías, reunido en un pleno extraordinario de urgencia convocado por su presidente Francisco Pérez de los Cobos, ha admitido a trámite en un tiempo récord los recursos de inconstitucionalidad presentados este mismo lunes por la Abogacía del Estado contra las pretensiones del Gobierno catalán.

Esta decisión, acordada a través de dos providencias, supone la suspensión cautelar automática tanto de la ley de consultas como del referéndum ilegal por el plazo de cinco meses.

Los doce magistrados han adoptado esta decisión basándose en el artículo 161.2 de la Constitución española que señala "el Gobierno podrá impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y resoluciones adoptadas por los órganos de las Comunidades Autónomas. La impugnación producirá la suspensión de la disposición o resolución recurrida, pero el Tribunal, en su caso, deberá ratificarla o levantarla en un plazo no superior a cinco meses".

"Trascendencia política"

En un comunicado difundido por el Alto Tribunal, el Pleno explica que "en el presente caso, la decisión del Pleno de no demorar su resolución obedece a que el Tribunal Constitucional es consciente de la trascendencia constitucional y política de las cuestiones planteadas, para la sociedad española en su conjunto, y en particular, para la catalana".

En sus recursos presentados este lunes, los servicios jurídicos del Gobierno sostuvieron que la convocatoria por la Generalidad de "un referéndum en el ámbito territorial de Cataluña sobre una cuestión que afecta directamente a la unidad de la Nación Española vulnera directamente la Constitución".

La Abogacía del Estado entiende que tanto el decreto por el que convoca la consulta del 9-N como el texto legal donde se apoya esta iniciativa "recoge materialmente la regulación de un referéndum sobre el futuro político de Cataluña".

"La Generalitat intenta encubrir la convocatoria de un referéndum sobre una cuestión que afecta a la unidad de la Nación Española bajo una apariencia de legalidad constitucional", rezan los recursos de inconstitucionalidad.

El Gobierno había pedido a la TC que declarase suspendida el decreto de convocatoria y la ley de consultas y también "cualquier actuación vinculada a la referida consulta" en referencia a la campaña electoral.

Supendidas "todas las resoluciones"

Con su decisión, el Pleno subraya que "quedan en suspenso todas las resoluciones o actos dictados en aplicación de la norma y el decreto recurridos".

Asimismo, el Constitucional acuerda dar traslado de ambas providencias al Congreso y al Senado así como a la Generalidad y el Parlamento catalán que tienen un plazo de quince días para personarse en el recurso presentado contra la ley y 20 días para personarse en la impugnación del decreto de la consulta del 9-N. De igual plazo dispondrá el resto de partes para presentar sus alegaciones, según han informado fuentes jurídicas.

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