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Las doce enmiendas de las que debe salir un pacto de Estado contra el yihadismo

Tipificación de los lobos solitarios, autoadiestramiento por internet, captación de terroristas menores de edad, webs de contenido yihadista...

Tipificación de los lobos solitarios, autoadiestramiento por internet, captación de terroristas menores de edad, webs de contenido yihadista...

Gobierno y PSOE acordaron ayer martes negociar un gran pacto de Estado, abierto a otras formaciones políticas, para impulsar una ley específica contra el terrorismo yihadista. Durante todo este miércoles ya han comenzado los contactos con los principales partidos con representación en el Congreso de los Diputados. Según dijeron, la idea era "trasladar a España el espíritu de París", donde todos los partidos franceses hicieron piña ante los atentados de la pasada semana.

Los puntos clave de esta futura ley pivotarán sobre las 12 enmiendas que el PP presentó para la reforma del Código Penal directamente relacionadas con el terrorismo y que serán desgajadas de esa modificación legal para ser una "proposición de ley orgánica urgente". Sobre estas enmiendas hay diferencias entre los dos principales partidos -exactamente sobre cerca de la mitad-, y es posible que vayan aumentando según se vayan uniendo nuevas formaciones al grupo de trabajo.

Libertad Digital repasa a continuación el contenido de estas doce enmiendas, punto de inicio de la negociación de la nueva ley.

Lobos solitarios y terroristas sin adscripción

El PP propone en su enmienda número 874 la inclusión en el artículo 571 del Código Penal de la figuar de los lobos solitarios o terroristas sin adscripción a una organización terrorista ni pertenencia a su estructura, una tónica que es habitual en los últimos atentados terroristas islamistas cometidos en países occidentales.

En la justificación de la enmienda, aseguran que "terrorista es quien comete un delito terrorista, pertenezca o no a una organización terrorista (puede tratarse del miembro de una organización, pero también del sujeto integrado en un grupo que planea volar una línea de metro, o de un sujeto individual que planifica volar un establecimiento que pueda albergar a un gran número de personas)".

Además, añaden que "hay que delimitar con un rigor mínimo la jurisdicción universal en esta materia, en la línea d elo que establece el art. 9 de la DM 13-06-2002, sobre la lucha contra el terrorismo: España tiene que tener jurisdicción si el que va a Siria a recibir entrenamiento terrorista es español, reside o establece su residencia habitual en España; o si vuelan por los aires un convoy de soldados españoles. Pero no tenemos que tener jurisdicción cuando autor y víctimas del delito son extranjeros".

Paradero de la persona secuestrada

La segunda de las enmiendas, numerada en el registro como la número 875, propone modificar el artículo 572 del Código Penal para aumentar la gravedad de la condena si un terrorista o delincuente se niega a hacer facilitar información sobre el paradero de un víctima o secuestrado. Según explica el PP en su justificación, se prevén penas de prisión elevadaas cuando el autor no de razón del paradero de la persona secuestrada. En el párrafo 5º del apartado 1 se eleva el subtipo agravado de la pena, que podrá alcanzar la pena superior en grado, prevista por la ley para el delito de que se trate, a fin de ajustar las penas a la gravedad de los delitos comentidos.

Depósito de armas o explosivos

El PP propone en su enmienda número 876 que se modifique el artículo 573 del Código Penal que se considere como un delito de terrorismo que una persona guarden armas o explosivos que luego puedan ser utilizadas por grupos terroristas para llevar a cabo sus planes delictivos, pidiendo además que se aumente la pena de cárcel por este delito hasta los 20 años. Además, incluye por primera vez en este tipo de delito facilitar material que pueda servir para crear armas químicas o bacteriológicas.

"Se tipifica como terrorismo, el delito de depósito de armas cometido tanto por alguien que actúa para una organización terrorista o colabora con ella; o por quien ha mostrado su disposición a cometerlos o colabore con un grupo que conspire para cometerlos o haya iniciado preparativos para ello o bien, colabora, no con un grupo, sino con un individuo que va a cometer el delito terrorista", explican los populares en la justificación de su enmienda.

"Por lo tanto, se pretende con la modificación, sancionar los hechos aunque no se vinculen a la organización o grupo terrorista, también, se elevan las penas y se castiga la tenencia, no ya de armas nucleares, sino de elementos que puedan servir para su fabricación, pero cuya consideración como "componente de un arma nuclear" es todavía dudosa. Tal es el caso, del sujeto que colabora con otro, que ha mostrado su disposición a cometer un acto terrorista y que se aprovisiona de material de desecho de equipos radiológicos", añade.

Autoadiestramiento por internet

La enmienda 877 propone modificar el artículo 573-bis del Código Penal para tipificar como delito la "recepción" de entrenamiento terrorista, incluyendo también el adiestramiento pasivo o autoadiestramiento. La regulación incluye la recepción de este adiestramiento por cualquier vía, incluido internet, y se desvincula de la intención de cometer un delito posteriormente, para evitar problemas probatorios.

Especifica el PP que "se típica el autoadiestramiento, previendo el castigo del que se autoinstuye de manera consciente y sostenida en el tiempo, si pertenece a una organización o grupo terrorista o colabora con ellos o se traslada al extranjero a un territorio controlado por un grupo terrorista". Una regulación que según dicen los populares se inspira en el "§ 2339 D del U.S. Code y tiene por finalidad, adaptar la regulación en materia de terrorismo, a las nuevas formas de terrorismo de tipo yihadista".

En el desglosado de la enmienda, se solicita una pena de ocho años de prisión para quien "consulte habitualmente uno o varios servicios de comunicación accesibles al público en línea o adquiera o tenga en su poder documentos que estén dirigidos o, por su contenido, resulten idóneos para incitar a otros o reforzar la decisión adoptada de incorporarse a una organización o grupo terrorista". Es decir, se penaliza la posesión de material yihadista, equiparándolo, salvando las distancia, a la pornografía infantil.

Financiación del terrorismo

El PP apuesta en su enmienda 878 por la modificación del artículo 574 del Código Penal para refundir en uno solo los dos delitos sobre financiación del terrorismo que en la actualidad recogen los artículo 575 y 576-bis de la ley. El delito se desvincula de la organización terrorista, y se conecta tanto con organizaciones terroristas, como con individuos o grupos que conspiren para la comisión de delitos de terrorismo.

Se añade, además del recabar fondos, una referencia más amplia a las conductas de facilitación del acceso a los mismos o de ocultación de ellos y se facilita la incautación y recuperación por parte del Estado de los activos que iban a ser utilizados para el terrorismo. Del mismo modo, se revisa la regulación de la modalidad imprudente, pudiéndose recurrir a este tipo penal de forma amplia cuando se pueda probar probar la conducta ilícita pero no el dolo.

Se propone la fijación de una pena autónoma para el delito de financiación del terrorismo, manteniéndose la pena mínima que había hasta ahora y elevando de forma importante la pena máxima, que ahora llegaría hasta los cinco años de prisión.

Adiestramiento terrorista y menores

La enmienda 879 del PP a la nueva reforma del Código Penal propone penas de prisión de entre cinco y diez años de cárcel para aquellas personas que lleve a cabo, recabe o facilite cualquier acto de colaboración con las actividades o las finalidades de organizaciones terroristas o personas individuales con intención de llevar a cabo un acto terrorista, así como para los que lleven a cabo cualquier actividad de captación, adoctrinamiento o formación de terroristas.

Los populares incluyen una especial mención a los menores de edad o discapacitados en la justificación de su enmienda: "Estas penas se impondrán en su mitad superior, pudiéndose llegar a la superior en grado, cuando los actos de captación, adoctrinamiento, formación, adiestramiento o instrucción se hubieran dirigido a menores de edad o personas con discapacidad necesitadas de especial protección".

Pertenencia a organización terrorista

El PP propone en su enmienda 880, destinada a modificar el artículo 577 de la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, diferentes penas de prisión para los miembros de una organización terrorista. Así, solicita penas de entre 8 y 14 años de prisión para aquellos que "promovieren, constituyeren, organizaren o dirigieren una organización o grupo terrorista", además de inhabilitación para ejercer cargo público. La pena de prisión sería de entre 6 y 12 años de cárcel para quienes "participaren activamente en la organización o grupo, o formaren parte de los mismos".

Humillación a las víctimas por internet

La enmienda 881 del PP propone modificar el artículo 578 del Código Penal para "elevar las penas del tipo básico por la comisión de delito de enaltecimiento del terrorismo" y de humillación a las víctimas del terrorismo, incluyendo aquellas que se hubieran realizado a través "de un medio de comunicación social, por medio de Internet, o mediante el uso de tecnologías de la información, y cuando los hechos, a la vista de sus circunstancias, resulten idóneos para alterar la paz pública", según argumentan los populares en su justificación de la enmienda. Las penas que se solicitan para este delito van desde 1 a 3 años de prisión y una multa de 12 a 18 meses.

Webs yihadistas

El Partido Popoular propone en su enmienda 882 para reformar el Código Penal evitar la difusión de contenidos yihadistas en internet, poniendo sus ojos, incluso, en las web que enaltecen la actividad terroristas disfrazadas de supuestas páginas informativas sobre guerras que acontecen en los países de Oriente Medio.

"Existen con frecuencia páginas web que en apariencia hacen un seguimiento de la situación de la guerra en Siria, o en otras partes del mundo, del yihadismo en general, pero la realidad es que los contenidos de los artículos que en ellas se publican, realizan un apoyo o apología de la actividad terrorista o se incita a participar como yihadistas en los conflictos existentes. La inclusión de este nuevo precepto persigue condenar estas conductas, aclaran los populares".

Conspiración terrorista

La enmienda 883 propone elevar las penas de prisión para aquellos que participen en conspiraciones terroristas. Exactamente, el PP quiere que "la provocación, la conspiración y la proposición para cometer alguno de los delitos regulados se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la que corresponda, respectivamente, a los hechos previstos". Es decir, quien conspire para cometer un atentado será condenado con una pena un grado o dos inferiores a la que le correspondería si hubiese llevado a cabo el atentado.

Terroristas dando clases en las aulas

El PP quiere en su enmienda 884 a la reforma del Código Penal que aquellos que han sido condenados por actividad terrorista no puedan dar clases en las escuelas, una propuesta que aunque también busca el transfondo yihadista tiene como destinatarios principales a aquellos que han tenido relación con grupos terroristas autóctonos como ETA o GRAPO.

"Se incorpora la inhabilitación especial para profesión u oficio educativos, en ámbitos docente, deportivo y de tiempo libre a fin de evitar que personas condenadas por delitos de terrorismo puedan acceder a desempeñar profesiones o actividades de este tipo. La referencia a 'elementos terroristas' se orienta en la línea de la reforma que se centra en el terrorismo como un problema no necesariamente conectado a la actuación de grupos terroristas", dicen los populares en su justificación de la enmienda.

Antecedentes terroristas en otros países

La ultima enmienda presentada por el PP, la número 885, pretende que las sentencias por terrorismo en otros países cuando como agravante para el terrorista que está siendo juzgado en España. "En todos los delitos de terrorismo, la condena de un Juez o Tribunal extranjero será equiparada a las sentencias de los Jueces o Tribunales españoles a los efectos de aplicación de la agravante de reincidencia", dice exactamente el párrafo que quiere incorporar el PP al artículo 580 del Código Penal.

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