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El Supremo investiga a Victoria Rosell por prevaricación, cohecho y retardo

Según documentación recopilada, la juez en excedencia, ahora diputada de Podemos, habría protegido a un empresario imputado que pagaba a su marido.

Según documentación recopilada, la juez en excedencia, ahora diputada de Podemos, habría protegido a un empresario imputado que pagaba a su marido.
Victoria Rosell, diputada de Podemos | Dani Gago

El Tribunal Supremo ha abierto una investigación a Victoria Rosell por su pasado al frente del Juzgado de Instrucción 8 de Palma. En un auto hecho público este martes, el Alto Tribunal ha admitido a trámite parte de la querella de José Manuel Soria, exministro que dimitió recientemente por los Papeles de Panamá, contra la actual diputada de Podemos. Concretamente, intentará esclarecer si cometió retardo malicioso en la Administración de Justicia, prevaricación y cohecho, tres delitos de corrupción que nacen del presunto interés de Rosell en dilatar el proceso a un imputado que mantenía negocios con su marido, Carlos Sosa. Según el ya ignorado código ético de la formación morada, supondrían la expulsión directa de la jurista en excedencia.

El Supremo encargó el pasado 13 de abril una serie de diligencias antes de decidir sobre la admisión o no a trámite. Entre ellas, figuraban la recopilación de documentos del organismo disciplinario de los jueces, el Consejo General del Poder Judicial, que rechazó la apertura de un expediente a Rosell. También ha recibido el sumario del instructor que sustituyó a la juez de Podemos al frente del Juzgado de Instrucción nº8 de Las Palmas de Gran Canaria. Analizados los archivos, el Alto Tribunal considera oportuna la investigación para conocer el verdadero alcance de los hechos: "No es obstáculo para ello -como parece sugerirse en el informe del fiscal- la decisión del CGPJ que acordó no incoar expediente"

Será el juez instructor designado por el Tribunal Supremo quien deberá practicar las diligencias. Tendrá que concluir o descartar "si la demora en la tramitación del caso en Palma estuvo relacionada con el deseo de favorecer las relaciones comerciales entre Carlos Sosa, persona con la que Rosell convive y mantiene una relación afectiva, y el imputado Miguel Ángel Ramírez. En esta fase del procedimiento deberá dilucidar si las distintas resoluciones dictadas por la actual diputada no eran sino el vehículo para la consecución del objetivo real que, según el querellante Soria, buscaba enriquecer a su pareja. El Alto Tribunal concluye que "se trata en fin de afirmar si bajo la dilatada tramitación de ese proceso se escondía un distanciamiento del principio de imparcialidad".

Caso de Victoria Rosell

Investigar a un acusado de corrupción y colaborar paralelamente con sus negocios. Es la sospecha sobre el comportamiento de Victoria Rosell como instructora de la causa contra el presidente de la Unión Deportiva Las Palmas, Miguel Ángel Ramírez. Ya lo denunció ante el CGPJ la fiscal Evangelina Ríos, que trata de dilucidar si la juez, ahora en excedencia, dirigió la causa mientras su marido, el periodista Carlos Sosa, negociaba la venta de una licencia de radio al propio investigado, algo que debería haber obligado a Rosell a abstenerse de seguir al frente de la instrucción.

El Gobierno canario prohibió al presidente de la UD Las Palmas continuar con las emisiones de radio del club en la frecuencia 93.8 FM al carecer de autorización. Según explican fuentes de la investigación, de esta práctica surgían importantes contratos publicitarios. Sin embargo, Miguel Ángel Ramírez buscó la alternativa en un acuerdo con Carlos Sosa, que cedió la prestación de servicios en otra emisora para que el directivo la explotase. El montante de la operación supera los 300.000 euros. Tres días después de la rúbrica, el pasado 26 de octubre, Victoria Rosell se incorporó a las listas de Podemos en Las Palmas para las próximas elecciones generales.

Extraños retrasos

La fiscal denunció ante el CGPJ a principios de 2015 extraños retrasos en la instrucción encabezada por Victoria Rosell. En esta pieza de la investigación en torno al presidente, la representante del Ministerio Público trata de averiguar hasta qué punto tuvo que ver con los negocios de Miguel Ángel Ramírez y su marido. La causa investiga delitos contra la Hacienda Pública y contra la Seguridad Social, que le reclama 13 millones de euros. El presidente de la UD Las Palmas ya fue condenado a tres años de cárcel por construir de forma ilegal varias infraestructuras sobre una zona protegida, aunque recibió el indulto del Tribunal Supremo. Una segunda condena supondría su ingreso inmediato en prisión.

Las pesquisas actuales recayeron por reparto sobre la juez Victoria Rosell. Se investigan acciones desarrolladas entre 2008 y 2013, por las que se ha solicitado documentos sobre el pago de dietas a sus empleados. Miguel Ángel Ramírez es propietario de la empresa Seguridad Integral Canaria, la mayor compañía de seguridad de las islas con 5.500 trabajadores en toda España. Transcurrido el plazo para presentar la documentación, la juez enrolada en las filas de Podemos aprobó una ampliación al entender que no le había dado tiempo a recopilar los archivos. A través de varias decisiones denunciadas por la representante de la Fiscalía, este paso se ha ido retrasando de forma que los documentos aún no han llegado al Juzgado.

Injurias y calumnias

La querella de Soria se formulaba también por los delitos de injurias y calumnias. Estos dos emanan de unas declaraciones de Rosell según las cuales los movimientos judiciales alrededor de Podemos respondían a "un intento de Soria y el PP para neutralizar a un rival político usando la Fiscalía". El Tribunal Supremo ha dado carpetazo a esta parte del escrito del exministro de Industria, Energía y Turismo.

Según el auto de la Sala, "la frase que encierra nuestro examen encierra una descalificación genérica cuyo alcance penal resulta más que cuestionable". No se imputan unos hechos delimitados en el tiempo y, tal y como marca la doctrina, para impulsar una investigación no bastan atribuciones "genéricas, vagas o analógicas, sino que han de recaer sobre un hecho inequívoco, concreto y delimitado".

Hay ocasiones en las que la libertad de expresión prevalece frente al honor afectado. En primer lugar, por la naturaleza pública del hecho: el deseo de Rosell de expresar públicamente el malestar de lo que consideraba una investigación injustificada por la Fiscalía. Cuando los afectados son titulares de cargos públicos, según la jurisprudencia constitucional, los límites de la crítica admisible son más amplios.

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