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Barberá se persona en el Supremo por el pitufeo valenciano

Adquiere la condición de parte en el procedimiento donde ella misma es la única encausada por un presunto blanqueo de capitales.

Adquiere la condición de parte en el procedimiento donde ella misma es la única encausada por un presunto blanqueo de capitales.
Rita Barberá | EFE

El pitufeo o smurfing es una técnica extendida para el blanqueo de capital. Consiste en reunir a muchas personas para que efectúen transferencias bancarias en pequeñas cantidades a diferentes cuentas. Reciben dinero negro en un primer momento y, al realizar los movimientos de cifras exentas de control bancario, los fondos quedan lavados.

El pitufeo es también la modalidad que habrían empleado los concejales y asesores del Ayuntamiento de Valencia en la vertiente de la Operación Taula o caso Imelsa que salpica a Rita Barberá. El Tribunal Supremo ha aceptado este miércoles la personación de la exalcaldesa de Valencia en la causa elevada por presunto blanqueo de capitales. Este acto permite el ejercicio de los derechos en un litigio, sea como demandante o demandado. A efectos prácticos, la actual senadora estará al tanto de las diligencias y podrá contactar con el fiscal que conduce las pesquisas.

La Sala de lo Penal designó como instructor de la causa al magistrado progresista Cándido Conde-Pumpido, que fue fiscal general del Estado durante la etapa de José Luis Rodríguez Zapatero como presidente.

Razonamientos del Supremo

El auto del Supremo que encausó a Barberá destacaba los siguientes indicios en relación a la implicación de la exdirigente popular:

"María Rita Barberá fue una más de las personas que reconocidamente efectuaron la aportación de 1.000 euros. Resultaría incoherente la llamada al resto de los aportantes en estas actuaciones como investigados y no llevar a cabo la presente exposición respecto de la senadora aforada".

"María Rita Barberá ostentaba una efectiva posición como superiora jerárquica de la principal investigada, María del Carmen García Fuster, tanto por ser alcaldesa de Valencia en la fecha de los hechos investigados, como por ser la máxima responsable del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Valencia, existiendo, además, una relación personal de estrecha confianza entre la aforada y la principal investigada".

"A juicio de este instructor, las alegaciones efectuadas por la aforada, no introducen en su relato hechos que, en relación y contraste con el resultado de lo instruido, permitan atribuir a los mismos una relevancia excluyente de su posible implicación, a los efectos de elevar al Tribunal Supremo".

"Debe significarse sin embargo que, en sus declaraciones, ni las investigadas que han reconocido la recepción del dinero tras efectuar la aportación, ni los cuatro testigos que se negaron a efectuarla, ni nadie testimonia una participación concreta, personal, de Rita Barberá en la entrega del dinero, ni en la propuesta o indicación".

Caso Imelsa

El Caso Imelsa acumula ya 115 investigados (anteriormente imputados), entre personas físicas y jurídicas, por varios delitos contra la Administración Pública: prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, cohecho, fraude, falsedad y blanqueo de capitales. En el punto de mira, una supuesta trama de corrupción infiltrada en la Comunidad Valenciana a nivel municipal y regional. Según fuentes de la investigación, sus integrantes se servían de sus puestos de responsabilidad para amañar contratos públicos a cambio de comisiones.

La senadora valenciana, que ha pasado a cobrar 5.300 euros como portavoz del Grupo Mixto fuera ya del PP, espera una fecha para comparecer en el Supremo y adquirir automáticamente la condición de imputada.

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