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Una juez avala la tesis de que los profesores deben actuar también como conserjes

Mientras, un tercio de los alumnos de Primaria sufren acoso en Andalucía.

Los profesores deben actuar también como conserjes. Así consta en la sentencia de la juez María Isabel Moreno Verdejo, titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Granada. En la sentencia, calificada como "desconcertante" por la Asociación de Profesores de Instituto de Andalucía, APIA.

El caso se originó cuando los profesores de guardia en el Instituto de Enseñanza Secundaria Luis Bueno Crespo de la población de Ogíjares, cercana a Granada, la salida y la entrada del alumnado del centro, fueron requeridos para que actuaran como conserjes controlando.

Ante la denuncia del profesorado, la juez considera que dado que los profesores tienen que hacer "guardias" y "velar por el cumplimiento del normal desarrollo de las actividades docentes y no docentes", pueden hacer prácticamente de todo, incluso usurpar las funciones del personal de administración y servicios de los centros.

APIA ironiza sobre la sentencia argumentando que el caso podría ser semejante al de una titular de un juzgado que, siendo responsable del mismo, viniera obligada a controlar la entrada y salida de los justiciables a la sala de juicio o despacho. Al igual que los alumnos no son considerados personal ajeno al centro, los justiciables no pueden ser considerados tampoco personal ajeno al juzgado. Sobre el futuro de ordenanzas, conserjes y porteros, la juez no se pronuncia.

En el VI Convenio Colectivo consta que son los conserjes los que deben ejercer la "vigilancia de puertas y accesos a la dependencia donde esté destinado, controlando las entradas y salidas de las personas ajenas al servicio", así como la "atención al alumnado en los centros docentes, cuando estuviese destinado en ellos".

Resulta "pintoresca" la interpretación que hace la Magistrada de la expresión "personal ajeno al Centro", en el que incluye al alumnado para favorecer las tesis de la Junta de Andalucía. Las consecuencias de considerar personal propio del centro, y no meramente alumnos, a los estudiantes, conllevaría consecuencias esperpénticas.

Además, sigue APIA, es evidente que dentro de las funciones tasadas atribuidas al profesorado de guardia no se encuentra la de controlar el acceso a los centros docentes de personal alguno, sea este propio o ajeno. Pero la sentencia atribuye a los profesores la realización cualquier tarea puesto que "debe velar por el cumplimiento del normal desarrollo de las actividades docentes y no docentes" lo que produciría la sustitución de electricistas, fontaneros, jardineros, albañiles, etc., y por supuesto de conserjes y ordenanzas, dado que al encargarse todos ellos de actividades no docentes, estarían sobrando en un instituto.

Por si fuera poco, las contradicciones de la sentencia producen perplejidad porque asume que ni conserjes ni profesores tienen la obligación de controlar las entradas y salidas ("no se indica que corresponda al profesorado la apertura y cierre de la puerta ni la de controlar la entrada y salida del alumnado", dice). O sea, que el alumnado de este Instituto sería el único en todo el territorio del Estado habilitado para entrar y salir libremente sin control por la puerta de acceso al centro, con independencia de su edad.

Pero a continuación, para rizar el rizo, la sentencia afirma que el profesorado de guardia del IES Luis Bueno Crespo debe ubicarse en la puerta de acceso al centro.

Con la sentencia se desautoriza al Jefe de Servicio de Personal de la Delegación territorial de Granada, al Jefe de la Unidad Especializada de Seguridad y Salud Laboral de la misma delegación y de la propia Inspección de Trabajo, que ordenaron en su día el control de la entrada y salida de alumnos por parte de las ordenanzas del instituto.

Según APIA, que recuerda que hubo otra sentencia, afortunadamente revocada íntegramente tras haber sido recurrida como la que ocupa esta noticia, que obligaba a los profesores malagueños a ejercer de monitores de transporte, denuncia el importante grado de deterioro que sufre la enseñanza secundaria, muy particularmente en Andalucía, como ponen de manifiesto sistemáticamente todas las evaluaciones internacionales.

Añade que son continuas las interferencias de naturaleza ideológico-política en el desempeño profesional del profesorado y el trato degradante a que son sometidos, de un tiempo a esta parte, el conjunto de los profesores de la enseñanza secundaria pública, obligándoles, como ahora, a desempeñar funciones que no son de su competencia.

Acoso escolar

Según la investigación Bullying, cyberbullying y dating violence. Estudio de la gestión de la vida social en estudiantes de Primaria y Secundaria en Andalucía, presentado ayer por la profesora de Psicología de la Universidad de Córdoba, Eva Romera Félix, e impulsado por el Centro de Estudios Andaluces de la propia Junta de Andalucía, un 30% del alumnado de Primaria en Andalucía está implicado como víctima en roles del bullying, fenómeno en el que un 2,6% son agresores, un 15% son agresores victimizados -agresores que al mismo tiempo son víctimas de otros-, mientras que el 52,4% restante son espectadores.

En Educación Secundaria, es la quinta parte de los alumnos la sufre acosos varios pero el porcentaje de los agresores sube hasta el 6 por ciento y los agresores victimizados también suben hasta el 17%, igual que el rol de espectador crece hasta el 56 por ciento, resume La Razón.

En lo que respecta al cyberbullying –una forma indirecta de acoso mediante el uso de dispositivos digitales con acceso a internet–, las cifras se mantienen estables en los dos ciclos educativos: con un 9% de víctimas y un 7% de agresores victimizados en ambos, excepto en el caso del rol de agresor, donde aumenta del 2% en Primaria al 5% en Secundaria, concretamente en 3º y 4º de la ESO.

La investigación cualitativa y cuantitativa se ha realizado a partir de una encuesta a casi 3.000 estudiantes de 5º y 6º de Primaria y de los cuatro cursos de Secundaria de 35 centros educativos públicos y privados de Andalucía durante el curso 2015-2016 en dos oleadas -octubre y mayo-. Una de las principales aportaciones de este estudio es ver cómo evolucionan los comportamientos desde el inicio y hasta el final del curso.

Los datos de la encuesta en función del sexo, revelan que los chicos están más implicados en fenómenos de bullying y cyberbullying como agresores y agresores victimizados, mientras que las chicas destacan en el rol de víctimas en ambos fenómenos. En Primaria el porcentaje de agresores tiende a mantenerse estable a lo largo del curso. Sin embargo, en los dos ciclos de Secundaria se produce un aumento notable al finalizar el curso en ambos sexos: un 4,8% en los chicos del primer ciclo, un 5,9% en el caso de las chicas del primer ciclo y un 3,4% en las chicas del segundo ciclo.

El trabajo señala que la forma más frecuente de agresión y victimización en casos de bullying y cyberbullying es insultar a otros compañeros y compañeras, bien directamente o bien a través de terceras personas. Para los chicos, la forma más habitual de agresión es de carácter físico, seguido de los insultos, resultados que coinciden con los de victimización, aunque ellas destacan en «ser insultadas a través de terceras personas».

En el caso del cyberbullying, para los chicos de Primaria y Secundaria, la forma más frecuente de agresión también es insultar en internet, mientras que para las chicas es "excluir a alguien en las redes sociales" en el caso de Primaria y "decir palabras malsonantes a alguien sobre otra persona" en Secundaria. Amenazar, piratear la cuenta, hacerse pasar por otra persona, crear cuentas falsas para simular a otro, colgar fotos comprometidas, retocar fotos o difundir rumores, son algunas manifestaciones que señalan los estudiantes.

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