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Un juez absuelve a los concejales de la CUP de Badalona por el 12 de octubre: "Fue una mera 'performance'"

El juez que investigaba a los concejales que abrieron la puerta del consistorio el 12-O dice que todo fue una "escenificación". 

No hay delito de desobediencia en desobedecer a la Justicia y romper la resolución que se desacata. Al menos, no para el juez José María Noales, titular del Juzgado de Instrucción 4 de Badalona y uno de los magistrados firmantes –junto al inhabilitado en la carrera judicial y forzado a dimitir como senador por ERC Santiago Vidal, entre otros– del manifiesto a favor del referéndum separatista en Cataluña. Noales ha archivado la causa que se dirigía contra seis concejales de Badalona que, después de abrir el Ayuntamiento del municipio el pasado 12 de octubre, festividad de la Constitución, rompieron el auto del Juzgado de lo Contencioso que prohibía esta iniciativa desafiante a las instituciones del Estado.

La decisión de Noales no es definitiva, puesto que cabe recurso de la Fiscalía y del Partido Popular, quien presentó la primera querella por la presunta desobediencia. Supone un punto y aparte en la investigación que salpicaba hasta el momento al primer teniente de alcaldía, Oriol Lladó; al tercer teniente, José Antonio Téllez (la persona encargada de romper la resolución ante las cámaras); la concejal de Servicios Sociales, Agnès Rotger; la cuarta teniente, Eulàlia Sabater; la concejal de Participación y Convivencia, Fátima Taleb; y el encargado de Espacios Públicos y Movilidad, Francesc Duran. "Ayer lo definimos (el veto) como un golpe de Estado contra la soberanía municipal y esta mañana el gobierno local nos hemos reunido para ver cómo damos salida a tanta gente que nos ha pedido poder entrar y hemos decidido esto", justificaron el 12 de octubre a las puertas del consistorio.

José María Noales, que se alinea entre los que aseguran que "no admite discusión" que "Cataluña es una nación", lo que "comporta, indefectiblemente, el reconocimiento de su derecho a decidir", ha dado carpetazo al episodio con argumentos un lenguaje inusual en las sentencias. En primer lugar, culpa de los hechos a los medios de comunicación: "A pesar de las contundentes afirmaciones periodísticas, guiadas por un exceso de sensacionalismo o simplemente por el hecho sorprendente, (que salvo error de este instructor no ha pasado nunca) que un representante político en el gobierno municipal desgarre una resolución judicial en público, lo cierto es que se trata de una simple escenificación", ha establecido en su resolución, distribuida únicamente en catalán.

Este juez asegura que, aunque los concejales abriesen la puerta del Ayuntamiento, ningún ciudadano accedió para completar ningún trámite, aspecto que le resta importancia a la actuación, según su criterio. Y, en este punto, invoca el idioma anglosajón: "Así pues, si después de la escenificación anterior, los concejales hubiesen entrado en Ayuntamiento, se hubiera producido la verdadera desobediencia, pero el hecho es que no se produjo, y los hechos se limitaron a una mera performance (performance, según el diccionario inglés: actuación o representación artística con cierto grado de improvisación). Dicho en pocas palabras, el derecho penal no castiga las performances". Utilizando el ideario del bloque rupturista catalán, ha encajado este episodio en la cobertura de la libertad de expresión.

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