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¿De qué depende que Urdangarin y Torres entren el jueves en la cárcel?

La Audiencia Provincial de Palma ha fijado la denominada vistilla, donde se decide el futuro inmediato de los condenados por el caso Nóos.

La Audiencia Provincial de Palma ha fijado la denominada vistilla, donde se decide el futuro inmediato de los condenados por el caso Nóos.
Diego Torres e Iñaki Urdangarin en el banquillo de los acusados | Archivo

De lo que ocurra este jueves a mediodía dependerá el futuro inmediato de Iñaki Urdangarin y Diego Torres. La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma ha programado esa fecha para la celebración de la vistilla. Es el trámite donde, tras escuchar a los condenados y evaluar las peticiones de las partes, las tres magistradas que armaron la sentencia del caso Nóos acordarán si conviene o no adoptar medidas antes de que el Tribunal Supremo revise el fallo. Cautelares que van desde la retirada del pasaporte hasta la prisión provisional. La pregunta es: ¿de qué depende que ingresen anticipadamente en la cárcel?

La respuesta se encuentra en el Capítulo III de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Se antoja indispensable la solicitud de una de las partes para la celebración de la vistilla. En este particular, ha corrido a cargo del Ministerio Fiscal y la Audiencia de Palma ya ha proyectado el trámite. Cabe señalar, como ha recordado el ministro de Justicia este martes, que la prisión provisional es una medida excepcional que, con arreglo al artículo 502 de la mencionada legislación, "sólo se adoptará cuando objetivamente sea necesaria y cuando no existan otras medidas menos gravosas para el derecho a la libertad".

Solo las instituciones o entidades que acusan en un procedimiento pueden reclamar la imposición de medidas cautelares a los condenados. Para ello, ha de constar "la existencia de uno o varios hechos que presenten caracteres de delito sancionado con pena cuyo máximo sea igual o superior a dos años de prisión o bien con pena privativa de libertad de duración inferior si tuviere antecedentes penales no cancelados ni susceptibles de cancelación". Pedro Horrach, representante de la Fiscalía en el caso Nóos, ha insinuado ya que reclamará la prisión eludible con el pago de una fianza para Urdangarin y Torres. Los abogados defensores también tienen la posibilidad de presentar argumentos en contra.

En cualquier escenario, será la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Palma la que decida sobre la conveniencia o no de ejecutar anticipadamente la sentencia antes de que el Tribunal Supremo resuelva los recursos y la haga firme. Para justificar la prisión provisional es necesario que detecte riesgo de fuga. En virtud del artículo 503 de la Lecrim, este peligro se deberá fundamentar en la gravedad de la condena y la situación familiar, laboral y económica de los condenados. Para aminorar o erradicar ese riesgo de sustracción a la acción de la Justicia, las magistradas pueden optar también por otras medidas como las comparecencias periódicas en los Juzgados o la retirada del pasaporte.

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