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El TS a la Audiencia de Navarra: sí hay indicios de terrorismo en Alsasua

El Alto Tribunal concede a la Audiencia la competencia para enjuiciar la agresión sufrida por dos agentes de la Guardia Civil y sus esposas.

El Alto Tribunal concede a la Audiencia la competencia para enjuiciar la agresión sufrida por dos agentes de la Guardia Civil y sus esposas.
Miles de personas participan en la manifestación de Alsasua en apoyo a los detenidos | EFE

Patinazo de la Audiencia de Navarra. Cuando la investigación sobre la agresión a dos agentes de la Guardia Civil y sus parejas en la localidad de Alsasua estaba concluida y pendiente de juicio, los magistrados que la componen saltaron en defensa de los agresores. Pidieron al Juzgado de Instrucción nº3 de Pamplona, el primero que conoció los hechos y que se inhibió a favor de la Audiencia Nacional por supuestos delitos de terrorismo en concurso con odio, atentado y lesiones, que elevara una cuestión de competencia al Tribunal Supremo para dijera si concurrían esos indicios.

El Alto Tribunal ha declarado la competencia de la juez Carmen Lamela, titular del Juzgado Central de Instrucción nº3 de la Audiencia Nacional que había perfilado el relato delictivo acaecido el 15 de octubre de 2016. De esta forma, el Supremo establece aprecia un posible encaje de los hechos en el artículo 573.1 del Código Penal, que considera delito de terrorismo la comisión de cualquier delito grave contra la vida o la integridad física cuando se lleva a cabo con la finalidad de provocar un estado de terror en la población o en una parte de ella. La causa debe juzgarse en la Audiencia Nacional, por ser el Tribunal especializado, y no en Pamplona.

"La gravedad del delito no puede excluirse por el momento, dada la entidad de las lesiones sufridas por uno de los agentes. Puede apreciarse de modo indiciario que, habiéndose ejecutado los hechos dentro del marco de conductas dirigidas a crear en los miembros de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y de sus familias un estado de terror e inseguridad que los impulse a abandonar los mencionados territorios, tampoco puede descartarse que la finalidad de los hechos fuera provocar tal estado emocional en las personas que aparecen como víctimas de los hechos", argumenta la Sala II del Tribunal Supremo de acuerdo con la Fiscalía.

Indicios de terrorismo en tres instancias

En dos instancias, la juez de instrucción Carmen Lamela y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional compuesta por tres magistrados del mismo órgano jurisdiccional que resolvieron los recursos de los imputados determinaron que los hechos podrían ser constitutivos de delitos de terrorismo en concurso con odio, atentado y lesiones. De esta forma, se confirmó el procesamiento –paso previo a la apertura de la vista oral– contra tres de los presuntos autores de la paliza: Oihan Arnanz, que permanece en prisión desde noviembre, y Julen Goikoetxea y Jon Ander Cob, en libertad desde diciembre.

Aunque según la Sección Primera de la Audiencia de Navarra, los informes iniciales de la Guardia Civil no hablaban de terrorismo, sino de posibles delitos de lesiones y de atentado a la autoridad –se olvida de que posteriormente denunciaron una campaña de acoso en Navarra y el País Vasco por parte de grupos proetarras–. "Si acudimos a los hechos relatados en las denuncias y las sucesivas declaraciones, es evidente que nos encontramos ante un hecho que evidentemente tiene su origen en el conocimiento que los presuntos agresores tienen de la condición de agentes de la Guardia Civil que resultaron lesionados, y cierto es también que existe el indicado movimiento OSPA –que rechaza la presencia de la Guardia Civil– en el que se integran parece alguno de los investigados".

A continuación, justifican su defensa de los agresores: "Pero de esta circunstancia no puede deducirse que lo que se pretendiese con ese acometimiento que alcanzó a integridad física de los agentes de la Guardia Civil y de sus parejas, con ese plus de antijuridicidad exigible, fuera subvertir el orden constitucional, suprimirlo o desestabilizar gravemente su funcionamiento, u obligar a los poderes públicos hacer algo, o alterar gravemente la paz pública o generar un estado de terror en la población o en una parte de ella", requisitos estos últimos de los delitos terroristas. El auto de la Audiencia de Navarra concluye que "si bien existe un movimiento OSPA con la finalidad de que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado 'salgan de aquí', no existen indicios suficientes de que los hechos ocurridos el día 15 de octubre fueran la materialización en un acto concreto con aquella finalidad".

Persecución acreditada

Este pronunciamiento de la Audiencia de Navarra choca con el parecer de la Audiencia Nacional, tanto de la juez de instrucción como de la Sala de lo Penal, que han fundamentado sus manifestaciones con toda una investigación y recopilación de documentos entregados por testigos y la propia Guardia Civil. Los magistrados de la AN entendieron que "no resulta descartable, sino todo lo contrario" que los procesados por el ataque cometieran un delito de naturaleza terrorista: "Con la información acumulada no podemos considerar los graves actos de la madrugada del 25 de octubre como una simple agresión, mucho menos, como una pelea de bar".

Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel respaldaban así la decisión de la juez Carmen Lamela, que dibujó un grave relato de los hechos. Jokin Unamuno Goikoetxea, Adur Ramírez de Alda Pozueta y Oihan Arnanz Ciordia, integrados en el movimiento "Aldehemendik!", "¡fuera de aquí", ejercieron un especial liderazgo y protagonismo en los hechos, "siendo Jokin quien comenzó la actividad frente a las víctimas, increpándolas, pidiéndoles que abandonaran el local y poniéndose en contacto telefónico con otras personas, entre las que se encontraba Adur, para que se constituyeran en el local. Ambos tuvieron una participación muy activa en los golpes propinados a los agentes de la Guardia Civil y sus parejas. Igualmente, Oihan fue el primero que se dirigió al teniente, cuando este acudió a los servicios, y le pregunto si era un madero, así como uno de los que agredieron después con más saña, moviéndose y acercándose continuamente a los dos guardias civiles de forma desafiante y chulesca y acercándose constantemente como si fuera a dar un cabezazo. Igualmente se ensañó con el sargento cuando este se encontraba en el suelo, dándole patadas y pisándole con gran profusión, utilizando gran destreza en sus movimientos. También se encaró con dos agentes de la Policía Foral de Navarra, llegando a levantar el puño a uno de ellos".

La juez señala que Oihan "ya ha protagonizado otras agresiones". También que Jokin y Adur se encuentran entre los principales promotores de las movilizaciones en Alsasua que emplean símbolos proetarras. Después de citar la larga lista de antecedentes que acumulan, expone que "puede inferirse racionalmente que los hechos que se imputan a los mencionados procesados no son unos hechos aislados, sino que los mismos vienen actuando de forma habitual, organizada y concertada con otras personas para la comisión de hechos en contra de la Guardia Civil".

Lamela entendió el pasado 10 de octubre con el respaldo de la Fiscalía que los hechos podían ser constitutivos de delitos de terrorismo. También de provocación a la discriminación, odio o violencia en el comportamiento de un grupo apoyado por Bildu, Sortu y Ernai que se dedica a amedrentar a miembros de la Benemérita, a sus familiares, amigos y quienes se relacionen con ellos para que abandonen la Comunidad Foral. Según la magistrada en base al atestado de la Guardia Civil de Navarra, esta corriente persigue desde sus inicios en 1998 la expulsión de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de la Comunidad Foral y del País Vasco. Contaron al principio con el apoyo de bandas como Jarrai, Haika y Segi, y ahora con el respaldo de Bildu, Sortu y Ernai. "A tal efecto, realizan todo tipo de acciones de protesta, presión y hostigamiento contra la Guardia Civil y sus familias, buscando provocarles una sensación de continuo miedo e inseguridad e impidiéndoles realizar una vida normal. Se han valido de actitudes provocadoras, concentraciones, pintadas y el uso de las redes".

Añade el auto que convierten en todo momento a los agentes en "objetivo de grupúsculos violentos, con el gran condicionante que supone para su vida diaria, llegando a tener miedo o dificultades para comprar en comercios, disfrutar del tiempo libre con su pareja sentimental o apuntar a sus hijos a actividades". Además, crean "un clima de miedo entre los ciudadanos, instándoles a no entablar ningún vínculo afectivo o simplemente de amistad o cortesía con miembros de la Guardia Civil, en un intento de aislarlos". Según la juez y los agentes, "el incumplimiento de estos preceptos por algún ciudadano le convierte automáticamente en objetivo de esos grupúsculos violentos".

Relato de los hechos

La resolución de Lamela replica el relato de la brutal agresión que sufrieron dos agentes de la Guardia y sus parejas la noche del pasado 15 de octubre en Alsasua. Todos los que participaron "conocían con anterioridad la condición del Teniente y el Sargento, siendo esta la única causa por la que fueron insultados y golpeados".

Un sargento de 35 años y un teniente de 25, ambos fuera de servicio, disfrutaban con sus parejas en el bar Koxka de las fiestas de octubre de la localidad. En un momento de la noche, un grupo de jóvenes identifica al menor de los agentes, posiblemente porque no hacía mucho tiempo que había participado en el rescate de un conjunto de expresos de ETA que se habían quedado aislados y atrapados en la nieve. Los miembros de la Guardia Civil y sus mujeres son rodeados por entre 20 y 25 personas y alguien les lanza un vaso. Les increpan con gritos tales como "esto os pasa por venir aquí", "tenéis lo que os merecéis", "iros de aquí", "hijos de puta", "cabrones, fuera de aquí", "perros" o "putos pikoletos", entre otros. Como la tensión se incrementa, deciden marcharse.

Entre empujones, golpes y forcejeos, las cuatro víctimas salen del local, aunque otro grupo de 15 a 20 personas les espera fuera y alcanzan al joven teniente de 25 años. Le tiran al suelo y uno de los agresores le rompe el tobillo de un pisotón. Su novia intenta protegerle, pero también es golpeada, de igual forma que el matrimonio formado por un sargento cordobés de 35 años y por su mujer, que hacía dos semanas se habían instalado en Alsasua. El teniente yace en el suelo con el tobillo roto y sangrando, pero los agresores no cejan en sus golpes y se ceban con él.

El linchamiento termina cuando llegan la Policía foral de Navarra -a quienes los autores reclaman que detengan también al "sargento" y las ambulancias, que trasladan a las cuatro víctimas al hospital.

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