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Absuelta una madre tras cobrar más de 18.000 euros por dos hijos de cuya existencia se duda

La magistrada ratificó que el hecho de alterar la documentación escolar y médica no constituye el delito de falsedad.

La magistrada ratificó que el hecho de alterar la documentación escolar y médica no constituye el delito de falsedad.
Palacio de Justicia de Pamplona | navarra.es

La titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona ha absuelto a una mujer que cobró 18.214 euros en ayudas por dos hijos que no se sabe si existen, según informa Noticias de Navarra.

Los trabajadores sociales de un ayuntamiento de la Comarca de Pamplona se pusieron en alerta al recibir en 2015 una solicitud de esta mujer para acceder a unas ayudas y se toparon con la manipulación de los certificados escolares y médicos de los menores –un niño y una niña-, la falta de certezas sobre su paradero e, incluso, de su propia existencia: no consta que el pediatra de cabecera haya visto a estos niños, inscritos fuera del plazo de nacimiento –casi una década después de nacer- en el Registro Civil de San Sebastián y de Hernani en 2010, así como también se desconoce cómo son, qué edad tienen o si han ido o no al colegio.

Entre 2011 y 2015, la progenitora había cobrado de la Seguridad Social una prestación por hijos a cargo de 2.255 euros; en diciembre de 2012, también se le concedieron sendas pensiones de orfandad por los dos críos debido al fallecimiento del padre. Dichas prestaciones se elevaron a 15.959 euros.

Debido al cobro de estas ayudas, la Seguridad Social llevó a juicio a la madre tanto por estafa como falsedad documental e interesó que se anulara la inscripción de los dos menores. La Fiscalía pedía para la mujer tres años de cárcel y la Seguridad Social elevaba dicha reclamación hasta los nueve años de prisión. Ahora, una juez de Pamplona la ha absuelto, siendo la sentencia confirmada por la Sección Primera de la Audiencia.

La magistrada ratificó que el hecho de alterar la documentación escolar y médica no constituye el delito de falsedad, puesto que la procesada no lo hizo para cobrar las ayudas de la Seguridad Social, sino otras distintas que trató de obtener en el propio ayuntamiento en el que está empadronada.

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