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Llarena detalla el papel de los 'Jordis': alentarían el "conflicto" en la calle

Según documentos de Ómnium y la ANC, abordarían la desconexión “cuando haya una clara determinación ciudadana a dar soporte e implicarse”.

Según documentos de Ómnium y la ANC, abordarían la desconexión “cuando haya una clara determinación ciudadana a dar soporte e implicarse”.
Jordi Cuixart y Jordi Sánchez en la Audiencia Nacional | EFE

La representación del líder de Ómnium Cultural Jordi Cuixart expuso en sus alegaciones que los únicos hechos que se le atribuyen a su cliente son los relativos a la participación en una protesta ciudadana, acaecida los días 20 y 21 de septiembre, con ocasión de la entrada y registro en la sede de la Consejería de Economía de la Generalidad de Cataluña en Barcelona en ejecución de un auto judicial. Defiende que su presencia en el lugar nunca tuvo como objetivo impedir el cumplimiento de la decisión del Juzgado nº13 de la ciudad, sino únicamente manifestar su protesta contra la actuación policial, habiendo incluso llamado a los congregados a que encauzaran su censura de manera serena y pacífica. Contrariamente a lo que se expresa, el encausado se enfrenta a una eventual responsabilidad por un delito de rebelión y se ciernen contra él los indicios que niega en el escrito de la parte.

El presente auto de Llarena se remite al anterior pronunciamiento del mismo magistrado que acordó la prisión eludible con el pago de fianzas para Carme Forcadell y los miembros de la Mesa del Parlamento autonómico. Hace una calificación interina de los hechos que encaja en el artículo 472 del Código Penal, que contempla como autores del delito de rebelión, a los que "se alzaren violenta y públicamente'" para lograr la consecución de alguno de los fines expresamente previstos en dicho precepto, entre los que se encuentra "declarar la independencia de una parte del territorio nacional". Se indicaba también en aquella resolución que la intención de los impulsores del proceso no podía ser otra que alcanzar una nueva realidad nacional por vías de hecho, para lograr su posterior reconocimiento político merced a una movilización ciudadana que exigiera con determinación generalizada, explícita e inflexible a cualquier otra alternativa la permanencia del nuevo orden implantado.

La resolución expresaba que la incorporación de la movilización ciudadana como instrumento que permitiría la consecución del objetivo secesionista cuenta con determinados elementos de soporte que, con la firmeza que puede exigirse en los albores de la investigación, alejan la idea de que pueda tratarse de un planteamiento meramente especulativo.

En este sentido, Llarena destaca que Convergencia, Esquerra y las entidades separatistas Ómnium Cultural y la ANC acordaron en marzo de 2015 "una hoja de ruta del proceso de independencia" junto con la Asociación de Municipios para la Independencia. También que la Asamblea Nacional Catalana elaboró un documento en abril de 2015 fijando su concreta vía de actuación para los meses posteriores. Concluían que, ante la posibilidad de que la Generalidad de Cataluña fuera "intervenida política y jurídicamente por el Estado español y/o algún partido soberanista ilegalizado, la ciudadanía emerge como el agente político que impulsa el proceso de independencia".

El juez del Tribunal Supremo referencia a la juez Carmen Lamela, primera instructora de esta causa en la Audiencia Nacional. En la misma línea, destaca la capacidad incriminatoria del documento hallado y denominado Enfocats, que recoge una definición estratégica del procedimiento a seguir para lograr la independencia de Cataluña, en la que se concluye que "como último recurso deberá generarse un conflicto democrático de amplio apoyo ciudadano", indicándose que el instrumento forzaría al Estado a negociar la separación o se procedería a un referéndum forzado. Se concreta también que la desconexión habría de abordarse "cuando haya una clara determinación ciudadana a darle soporte y a implicarse activamente".

"Se constató la infiltración de numerosos comportamientos agresivos y violentos, que reflejaban el violento germen que arriesgaba expandirse y que, desde el momento en que algunos fueron impulsados y capitaneados por el investigado solicitante, muestran los indicios de responsabilidad que se niegan en el escrito de libertad que se analiza".

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