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Vocales del CGPJ denuncian el "ominoso silencio" del Gobierno sobre ETA en la Ley de Memoria Democrática

El voto particular respaldado por 5 vocales del CGPJ, al que ha tenido acceso LD, recrimina la "asimetría" del concepto de víctima de la futura Ley.

El voto particular respaldado por 5 vocales del CGPJ, al que ha tenido acceso LD, recrimina la "asimetría" del concepto de víctima de la futura Ley.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y la vicepresidenta primera, Carmen Calvo, a su llegada a la sesión de control al Ejecutivo. | EFE

Cinco vocales del Consejo General del Poder Judicial CGPJ han respaldado un voto particular en el que se denuncia el "ominoso silencio" del Gobierno de Pedro Sánchez sobre los crímenes de la banda terrorista ETA en el Anteproyecto de Ley de Memoria Democrática.

El pleno del CGPJ aprobaba este lunes un informe crítico con el citado Anteproyecto de Ley elaborado por los vocales Roser Bach (progresista) y Wenceslao Olea (conservador). El dictamen salía adelante sin modificaciones, obteniendo el voto de 15 de los 21 integrantes del pleno. No obstante, algunos de los vocales presentaban votos particulares al considerar que el informe crítico con la Ley de Memoria Democrática del Ejecutivo "se quedaba corto".

Libertad Digital ha tenido acceso al voto particular de 32 páginas elaborado por los vocales José Antonio Ballestero y José María Macías, que ha contado con un respaldo de un total de 5 votos y en el que la crítica al Anteproyecto del Gobierno que prepara la vicepresidenta Carmen Calvo es más profunda y rotunda.

Dicho voto particular recrimina la "asimetría" del concepto de víctima que el Ejecutivo recoge en la futura Ley de Memoria Democrática: "En su actual redacción la norma, por su asimetría, discrimina entre unas y otras víctimas de modo que infringe las resoluciones europeas y el artículo 14 de la Constitución Española".

El documento destaca también "la obviedad de que las desapariciones forzosas no son un problema en España y no lo son desde hace muchos años, con la penosa excepción de los secuestros llevados a cabo por las bandas terroristas, especialmente los perpetrados por ETA. Ominoso silencio que guarda el Anteproyecto, por cierto, respecto de quienes se han afanado en destruir nuestra convivencia democrática a lo largo de estos años, y respecto de quienes los apoyaron, y de quienes los enaltecieron".

El voto particular recrimina al Gobierno que se centre sólo en censurar unas ideologías totalitarias y no todas: "No puede entenderse que estas otras ideologías totalitarias —nazismo, estalinismo, realsocialismo, comunismo, fascismo, separatismo terrorista y cuantos otros se sirven, apoyan o instrumentalizan la violencia para la consecución de sus fines o niegan la vigencia de los derechos fundamentales o de la dignidad humana a todos o algunos de los ciudadanos— no merezcan el mismo conjunto de medidas especiales de prevención o sanción en tanto en cuanto pueden ser o quizá sean más letales y peligrosas en la actualidad para nuestra convivencia".

Sobre la restricción de derechos fundamentales de la norma, el voto particular apunta que "este anteproyecto de Ley, cuyo artículo 39 llama en su auxilio a la Ley de Seguridad Ciudadana, pretendiera crear un entramando de leyes para asfixiar la capacidad de reacción, protesta o resistencia de la ciudadanía hacia las políticas del Gobierno. Por eso acumula militantemente medidas preventivas y reactivas, y, en cualquier caso, restrictivas de derechos", apunta.

"El anteproyecto de Ley, en definitiva, viene a caer, en lo mismo que critica, que es la declaración de nulidad de las condenas y sanciones de determinados tribunales, de forma genérica y global, del mismo modo que, como recuerda el informe, se hizo durante la dictadura respecto de condenas y sanciones de tribunales de la república (apartado 78 del informe), cuando la Transición española supuso precisamente superar esta dialéctica", sostiene.

Censura reduplicada y desproporcionada

El voto particular de los vocales del CGPJ también hace referencia al artículo 40 de la futura Ley de Memoria Democrática (Privación de ayudas y subvenciones) que dispone que las administraciones públicas no subvencionarán, bonificarán o prestarán ayudas públicas a aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, sancionadas por resolución administrativa por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de la memoria democrática, en los términos previstos en el régimen sancionador contemplado en la Ley.

"El precepto incrementa la represión no sólo con las sanciones administrativas previstas en el artículo 63 sino incluso con la privación de subvenciones. Se trata de una censura reduplicada y asfixiante, innecesaria y desproporcionada dadas las vinculaciones instrumentales de los derechos de asociación, reunión y fundación con la libertad de expresión", concluye.

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