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La sorprendente absolución del exconsejero Alonso da esperanzas a Manuel Chaves y José Antonio Griñán

Hasta ahora el desconocimiento de la ley no eximía de su cumplimiento, pero no ha sido así para un consejero andaluz.

Hasta ahora el desconocimiento de la ley no eximía de su cumplimiento, pero no ha sido así para un consejero andaluz.
Griñán y Chaves en imágenes de archivo | 'Cordon Press'

La tesis que ha sentado el tribunal, presidido nada menos que por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Lorenzo del Río, es que puede perpetrarse una ilegalidad, pero no ser injusta por no hacerse a sabiendas lo que se estaba perpetrando. Para los demás mortales, la ignorancia de la ley no exime de su cumplimiento, pero en el caso del exconsejero de la Junta de Andalucía, Luciano Alonso no ha sido así.

Con esta sentencia renace la esperanza en una absolución de los imputados en la pieza política de los ERE, porque sienta el principio de que es posible cometer una ilegalidad sin tener consciencia de que se está cometiendo, ni ser injusta, algo que apuntalaría las defensas de Manuel Chaves y José Antonio Griñán, entre otros.

Una "conducta reprochable"

La sentencia admite que los tres nombramientos irregulares e impropios del consejero que recayeron en personas afines a él mismo y al PSOE andaluz fueron irregulares. Tales nombramientos –que se consideran popularmente enchufes-, "revelan decisiones irregulares –ilegales– para las que el ordenamiento jurídico no facultaba al titular de la Consejería, a cuyo criterio no queda convertir esos puestos de trabajo, creados por decretos del Consejo de Gobierno para alcanzar finalidades específicas, en puestos con funciones distintas y alejadas del centro de destino".

Es más, el tribunal admite que la del consejero es una "conducta reprochable". Dicen los jueces que se han encontrado "ante una conducta irregular, no amparada en la normativa y reprochable administrativamente, que afecta a la imagen y credibilidad de la Administración".

"Y, sin embargo, lo han absuelto y lo han hecho por unanimidad. Recuérdese que el tribunal estaba compuesto por tres magistrados presididos por Lorenzo del Río, un reconocido simpatizante socialista bien tratado por la Junta de Andalucía que ocultó que le pagaba los alquileres de su vivienda en Granada, y Juan Ruiz Rico, que sobreseyó la causa del consejero de la Junta, Antonio Ramírez de Arellano, denunciado por el Coldegio de Arquitectos de Sevilla por presuntas irregularidades en contratos. Sin embargo, el instructor del caso fue otro simpatizante socialista, Miguel Pasquau que sí vio delito en el comportamiento del ex consejero. La Fiscalía incluso llegó a pedir cárcel para el ex consejero ahora absuelto."

Tres socialistas en cargos que ni ejercieron

Luciano Alonso nombró a su amigo socialista de Málaga, Luis Guerrero, como director del Centro Andaluz de Flamenco con sede en Jerez. Guerrero ni siquiera visitó la sede que teóricamente debía dirigir.

Alejandro J. Cárdenas, otro de los nombrados al margen de toda norma, era "hijo de Carmen Peñalver, íntima amiga de la consejera y miembro destacado del PSOE de Jaén, del que fue secretaria general provincial, además de alcaldesa de Jaén y delegada de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía en esa provincia" precisa la Fiscalía.

También nombró a María Centeno, "hija y sobrina de destacados dirigentes del PSOE de Málaga" que, según la Fiscalía, fue informada de que, "a pesar de ostentar el cargo de directora de la Filmoteca de Andalucía y percibir el sueldo que a este puesto correspondía, no iba a desempeñar función alguna relacionada con el mismo".

La Fiscalía sopesa recurrir la sentencia

Inicialmente, la Fiscalía solicitó para el exconsejero 14 años de inhabilitación por el delito de prevaricación administrativa, pero en el juicio rebajó dicha petición a nueve años de inhabilitación y sumó un nuevo delito de falsedad documental por el que interesó para Luciano Alonso cinco años de cárcel, multa de 12.000 euros y otros cinco años de inhabilitación.

Tras la sentencia, la Fiscalía La Fiscalía Superior de Andalucía sopesa recurrir la sentencia que absuelve al exconsejero Luciano Alonso de un delito de prevaricación administrativa por el que fue juzgado a finales de enero en relación a los nombramientos de Luis Guerrero Jiménez, como director del Centro Andaluz del Flamenco (CAF), y de Alejandro J. Cárdenas y María Centeno como directores consecutivos de la Filmoteca de Andalucía.

La Fiscalía Superior de Andalucía sopesa recurrir la sentencia que absuelve al exconsejero Luciano Alonso y así lo anunciaron a Europa Press fuentes del Ministerio Público tras una "primera lectura" de la sentencia absolutoria de Sala de lo Civil y Penal del TSJA, contra la que cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo. La previsión es que el fiscal que ha llevado el caso tome una decisión en firme en los próximos días, una vez que pueda analizar con detenimiento la resolución.

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