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Rajoy irá al Constitucional si Puigdemont desoye a los letrados y retuerce la ley

La investidura del presidente catalán es indelegable y presencial, según juristas del Estado. El PP quiere ir al Constitucional junto al PSOE y Cs.

La investidura del presidente catalán es indelegable y presencial, según juristas del Estado. El PP quiere ir al Constitucional junto al PSOE y Cs.
Rajoy, en su última comparecencia de prensa en Moncloa. | EFE

Mariano Rajoy no permitirá una investidura telemática del prófugo Carles Puigdemont, según su equipo. "Bajo ningún concepto". El Ejecutivo hizo público un informe de sus servicios jurídicos avisando de que la investidura del próximo presidente catalán es indelegable y presencial. La opinión unánime de los letrados de la Cámara, se reafirmaron las fuentes consultadas, avalan esta tesis. En caso de que los independentistas intenten incumplir las normas, se acudiría de inmediato al Tribunal Constitucional. No se descarta, en caso extremo, la aplicación del artículo 155.

Según el Gobierno, la unidad de las formaciones constitucionalistas en este sentido es total. Una investidura telemática sería "una auténtica burla" y "un escándalo". Y para impedirla ya se están produciendo contactos con el PSOE y Ciudadanos, aunque quieren esperar acontecimientos. "Si los independentistas quieren tener mayoría en la Mesa del Parlament para retorcer el reglamento y que haya una investidura fantasma, el Grupo Parlamentario Popular recurrirá al Constitucional", confirmó Rafael Hernando. Los diputados tienen "el derecho y el deber" de asistir a los debates y votaciones del pleno, en opinión de los juristas del Estado.

El estudio del Gobierno es concluyente tras estudiar "pormenorizadamente" varias normativas, especialmente el reglamento del Parlamento catalán: no cabe la posibilidad de una investidura telemática. Las instrucciones de la Cámara autonómica son claras. En su artículo 146.1, exige que "el candidato a la presidencia presente su programa de gobierno solicite la confianza del pleno", según subraya el Ejecutivo. Destaca el "carácter personalísimo del acto de presentación".

"El orador puede hablar desde la tribuna o desde el escaño", se puede leer también en la normativa interna de las Cortes regionales, excluyendo la posibilidad de que intervenga en cualquier otro sitio. El Ejecutivo también cita el Estatuto catalán, que establece en su artículo 73.2 que el Parlamento puede requerir la presencia del Ejecutivo y de sus miembros en el pleno y en las comisiones. Esto es, los miembros del gabinete "tienen la obligación de acudir presencialmente" cuando sean requeridos para ello.

Para Moncloa, no hay dudas de que "existe una costumbre constitucional y parlamentaria arraigada" que obliga al candidato a estar en el debate de investidura. Sobre este extremo, la ley del régimen jurídico del sector público dice en su artículo 9: "En ningún caso podrán ser objeto de delegación las competencias relativas a: los asuntos que se refieren a relaciones con la jefatura del Estado, la presidencia del Gobierno de la nación, las Cortes Generales, las presidencias de los consejos de Gobierno de las comunidades autónomas y las asambleas legislativas de las comunidades autónomas".

En síntesis, el Gobierno rechaza la viabilidad de una investidura a distancia, que impediría también el normal control parlamentario o la firma de acuerdos y disposiciones. "Es imposible y no se va a producir", zanjaron las fuentes consultadas. La Razón publicó el jueves que Rajoy podría utilizar de nuevo el artículo 155 de la Carta Magna. "No adelantemos acontecimientos", precisaron en Moncloa, no sin comprobar "la desbandada" en las filas separatistas y "la falta de apoyos" de Puigdemont.

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