Menú

Ruz cree que el Tribunal de La Haya debería investigar el ataque a la 'Flotilla de la Libertad'

El magistrado eleva una exposición razonada al Supremo tras la reforma de la justicia universal.

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz considera que el Tribunal Penal Internacional (TPI) debería investigar el ataque contra la denominada 'Flotilla de la Libertad', que el Ejército de Israel llevó a cabo el 31 de mayo de 2010 frente a las costas de la Franja de Gaza y que se saldó con nueve muertos --todos de nacionalidad turca-- y 38 heridos.

Así consta en un auto en el que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 remite al Tribunal Supremo las diligencias, en las que se investigan, entre otros, al primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, para que determine si los hechos se están persiguiendo en Israel, como país de nacionalidad de los querellados, o en Turquía, con jurisdicción sobre el barco 'Mavi Mármara', en el que se produjeron los hechos más graves.

El juez, que recoge en su resolución el criterio de la Fiscalía, considera que los hechos podrían constituir un delito de lesa humanidad con detención ilegal, deportación y tortura, así como un delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, en refernecia a "crímenes de guerra".

Considera que la Corte Penal Internacional sería competente para investigar el ataque porque el 'Mavi Mármara', que fue atacado en aguas internacionales, navegaba bajo bandera de las islas Comores, país que firmó el Estatuto que permitió la instauración de este tribunal.

'Flotilla de la Libertad', que pretendía llevar ayuda humanitaria a Gaza, también estaba formada por barcos de Kiribati, Turquía, Togo, Grecia, Estados Unidos y Camboya, lo que podría justificar, según Ruz, "la atribución competencial para conocer de los hechos por entenderlos sucedidos bajo su jurisdicción".

Pregunta al Supremo

Sin embargo, el juez remite una exposición razonada a la Sala Segunda del Supremo, junto con las comisiones rogatorias practicadas, para que el alto tribunal decida, en virtud de lo estipulado por la ley que limita la aplicación de la justicia universal, "el lugar en que se entienden cometidos los hechos" y los tribunales que deben perseguirlos.

En respuesta a un requerimiento que Ruz hizo en julio de 2010, las autoridades israelíes apuntaron que habían puesto en marcha "una comisión pública independiente" denominada 'comisión Turkel', e instruido varios procedimientos de investigación "adicionales", uno de ellos ante el Tribunal Supremo, y un proceso de colaboración con el Comité/Panel de Investigación de Naciones Unidas. Turquía, por su parte, investiga los hechos en el Juzgado de lo Penal número 7 de Estambul.

Ruz señala que, a pesar de que tres de los querellantes que sufrieron la agresión eran cooperantes de nacionalidad española, no se cumple el presupuesto fijado por la reforma de la justicia universal de que el procedimiento "se dirija contra un español o extranjero habitualmente residente en España, o contra un extranjero que se encontrara en España y al que se hubiera denegado la extradición".

Sin embargo, argumenta que los tribunales españoles pueden investigar estos hechos porque, tal y como argumentó el juez Santiago Pedraz para seguir investigando el 'caso Couso', el IV Convenio de Ginebra "impone con carácter imperativo la obligación de persecución en los casos de infracciones graves".

Ante esta "evidente colisión" entre la norma que regula la aplicación de la justicia universal y las "obligaciones contraídas por España" en virtud de los tratados internacionales que ha ratificado, el juez Ruz señala que no investigar estos hechos supondría permitir "situaciones de impunidad" y una "restricción" a la obligación de perseguir "las más graves violaciones de derechos humanos y del derecho internacional humanitario".

Temas

En Internacional

    0
    comentarios