Menú

De la Vega veta en Twitter a Hazte Oír

La cuenta de Twitter de Moncloa, gestionada por el Ministerio de Presidencia que dirige la vicepresidenta primera, ha bloqueado en Twitter las cuentas de Hazte Oír y Derecho a Vivir. Ante las protestas, han recomendado a estas organizaciones que "sigan las normas", enlazando a la Constitución Española.

0

Los responsables de comunicación de Moncloa han demostrado una vez más ignorar por completo lo que debe ser un comportamiento institucional. Si De la Vega se negó durante meses a contestar a las preguntas de LDTV y esRadio en las ruedas de prensa de los viernes –rectificando sólo tras denunciarlo en Noticias en Libertad–, ahora han bloqueado las cuentas de Hazte Oír y Derecho a Vivir en Twitter.

La cuenta de Twitter de Moncloa está gestionada desde la Secretaría de Estado de Comunicación, dependiente de la vicepresidenta De la Vega y dirigida por el ex director del diario Público Félix Monteira de la Fuente. Ya había recibido algunas críticas en Twitter por su excesivo uso partidista antes de este veto.

Las consecuencias de un bloqueo en Twitter son dos. El primero es que en la cuenta de Moncloa no recibirán los mensajes enviados desde Hazte Oír, y el segundo que ni Hazte Oír ni Derecho a Vivir pueden seguir de forma automática los mensajes que se emitan desde Moncloa.

Resulta como poco sorprendente un bloqueo de estas características, pero aún más las explicaciones que han dado desde el propio Twitter de la Moncloa:

@hazteoir ¿veto? ¿censura? las actualizaciones son públicas y generan rss. Revisad las reglas y seguimos conversando: http://plink.es/smx

El enlace en cuestión lleva a la copia de la Constitución albergada por la web de Moncloa. Es decir, que la explicación oficial al veto consiste en que los funcionarios o cargos de confianza que gestionan la cuenta en Twitter estiman que estas organizaciones católicas no respetan nuestra Carga Magna, ni más ni menos.

Hazte Oír ha anunciado que llevará la medida ante el Defensor del Pueblo y la denunciará en los tribunales, al considerar que se ha incumplido el artículo 511 del Código Penal, que prescribe pena de prisión de seis meses a dos años y multa para los responsables de un servicio público que se le deniegue a "una asociación, fundación, sociedad o corporación" por razón de "su ideología, religión o creencias".

Tras los infructuosos intentos de Libertad Digital por ponerse en contacto con los responsables de la cuenta de Twitter, éstos han asegurado en la red social que la acción "responde a la necesidad de evitar el colapso" provocado por ambas cuentas. Sin embargo, ninguna de ellas se ha dirigido a La Moncloa desde hace semanas.

En Tecnociencia

    0
    comentarios
    Acceda a los 12 comentarios guardados