LD (EFE) El Tribunal consideró, además, adecuados los remedios impuestos por Bruselas: obligar a vender Windows sin el reproductor de medios Media Player integrado y forzar a Microsoft a ceder a sus competidores ciertos protocolos para garantizar que sus programas puedan "dialogar" con el sistema operativo de Microsoft.
El Tribunal presidido por el magistrado danés Bo Vesterdorf anuló, sin embargo, una de las medidas fijadas por la Comisión: la designación de un "árbitro" independiente, a propuesta de Microsoft, con capacidad para acceder a toda la información relevante de la compañía, para supervisar el cumplimiento de la decisión de Bruselas. Según la sentencia, el ejecutivo de la UE fue "demasiado lejos" con esta iniciativa.
El Tribunal cree que la Comisión no tiene autoridad para obligar a Microsoft a dar tanto poder a un experto externo y también le reprocha que hiciera responsable a la empresa de todos los gastos asociados a la labor de ese "árbitro".
En cuanto a la multa, los jueces sentenciaron que Bruselas no se equivocó al evaluar la gravedad y duración de las prácticas anticompetitivas, por lo que mantuvieron la sanción de 497,2 millones de euros, la más alta impuesta nunca por la autoridad europea de competencia. El fallo del Tribunal de Primera Instancia puede ser recurrido, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal de Justicia de la UE.
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