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Consejos no tan obvios para viajar al extranjero

¿Cómo me localizarán si hay un terremoto? ¿Y si me caduca el DNI durante mi viaje al extranjero?

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Con la llegada de la época estival, muchos turistas se encontrarán ultimando los detalles de sus merecidas vacaciones. Para los bolsillos más ahorradores o pudientes, el extranjero continúa siendo uno de los destinos predilectos en sus itinerarios, y no pocos españoles aprovechan cada año el descanso vacacional para descubrir los encantos de otro país.

Quien se ha desplazado un poco por el globo sabe que a pesar de la planificación, muchas veces los proyectos suelen irse al traste por diversas circunstancias: problemas con los horarios de vuelos, hoteles en condiciones peores a las contratadas, conflictos con los visados o pasaportes...

Por ello siempre es mejor dejar el menor número de asuntos al azar, y llevar bien asegurados los aspectos fundamentales del viaje, postergando la improvisación para las partes más ociosas del desplazamientos. Para ayudar a que el número de imprevistos disminuya, el Ministerio de Asuntos Exteriores ha publicado una útil guía en la que alerta a los viajeros de algunas precauciones básicas que deben tomar y que son mucho menos obvias de lo que parece.

En la web del Ministerio puede consultarse el catálogo completo, con especificidades por países de destino. Aquí les recordamos algunas de las más importantes y novedosas.

  • Consulta los documentos necesarios para viajar, la caducidad de los mismos, y las condiciones sanitarias en las que debes viajar. Capítulo especial el referido a las vacunas y otras consideraciones sanitarias.
  • Seguro de viaje. El Ministerio recomienda contratar un seguro de viaje, que corra con los gastos de hospitalización y tratamiento en el caso de que tu salud se resienta en el país, o cualquier otra eventualidad -pérdida de vuelos, conexiones, emergencias familiares que exijan el retorno antes de lo estipulado...-. Existe una variada oferta de seguros con más y menos coberturas, y la realidad es que pueden encontrarse algunos realmente baratos y con condiciones muy ventajosas.
  • Inscríbase en el registro de viajeros. Esta es, sin duda, la recomendación más importante. ¿Se ha planteado cómo contactará con usted la embajada española si el país en el que se encuentra sufre una alerta natural que hace necesaria la evacuación? ¿Cómo sabrán dónde está usted y cuál es su número de teléfono? Para estos y otros avatares surge este registro, en el que en menos de dos minutos facilitarás tu contacto y futura ubicación a la embajada para que te localice si surge cualquier emergencia o imprevisto. Realmente útil.
  • Lleve medios de pago suficientes. Aunque el pago con tarjeta bancaria es realmente cómodo, muchas veces nos olvidamos de proveernos de efectivo del país, algo completamente necesario para ciertos pagos en los que no servirá de nada la Visa. El Ministerio recomienda distribuir el importe entre la tarjeta, efectivo, y cheques de viaje. 

Dejando a un lado las recomendaciones obvias, el Ministerio también insiste en aclarar a los viajeros que las Embajadas en el extranjero no solucionarán todos los problemas que pueda tener el turista, ya que estas tienen unas funciones definidas y no debe tratárselas como "solucionadores" de cualquier eventualidad. 

Lo que las embajadas no harán por tí

  • Las Embajadas y consulados no son una agencia de viajes: no cambiarán tus vuelos si estos se retrasan o los pierdes, y no te buscarán un hotel mejor si el reservado resulta tener chinches
  • Tampoco son agencias de trabajo.
  • No podrán garantizarte un tratamiento mejor que el otorgado a los nacionales en hospitales o cárceles.
  • No te avalarán ni prestarán dinero para las multas.
  • No te "prestarán" un intérprete para tu disposición personal. Ya existen guías turísticos. 
  • Tampoco pueden garantizarte la entrada al país, potestad que corresponde únicamente a las autoridades correspondientes. 
  • No se personarán en tu nombre en un litigio, ni te proporcionarán dictámenes jurídicos. 
  • No te expedirán el DNI si te caduca o lo pierdes en un país extranjero. Lo que si harán es expedirte un documento de viaje de validez limitada para que puedas regresar al país. Pero, ojo, sólo en horario de oficina. 

En lo que sí te podrán ayudar

  • Pueden expedir pasaportes o salvoconductos debido a la caducidad, pérdida o sustracción de la documentación personal. 
  • Te informarán de los servicios médicos, educativos y legales del país. 
  • Si te detienen, tienes derecho a exigir que te pongan en contacto con el Cónsul de España en el país. 
  • En caso de detención, las embajadas y consulados podrán notificárselo a tus familiares si así lo desea, visitarle periódicamente, y entregarle mensajes y correspondencia. 
  • En casos excepcionales, podrán adelantarte -luego habrá que devolverlo- el dinero necesario para una repatriación. 
  • Prestarle servicios de Registro civil, notariales, de legalización de documentos o de remisión de comunicaciones e instancias a organismos españoles.
  • Asistirle en caso de catástrofe o emergencia. 

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