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Noticia publicada el 23-08-2008
LD (EFE) La Corte Interamericana de Derechos Humanos de la OEA, con sede en Costa Rica, ordenó al Estado de Venezuela reintegrar al Poder Judicial a tres jueces que fueron destituidos de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en 2003 a causa de un "error judicial inexcusable". La sentencia ordena: "El Estado debe reintegrar al Poder Judicial a los señores Juan Carlos Apitz Barbera y Perkins Rocha Contreras y a la señora Ana María Ruggeri Cova, si éstos así lo desean".
La sentencia indica que los jueces deben ser reintegrados "en un cargo que tenga las remuneraciones, beneficios sociales y rango equiparables a los que les correspondería el día de hoy si no hubieran sido destituidos". Agrega que "si por motivos fundados, ajenos a la voluntad de las víctimas", el Estado no pudiese reincorporarlas al Poder Judicial en el plazo de seis meses, deberá pagar una indemnización de 100.000 dólares a cada uno de ellos.
La Corte también dispuso el pago de indemnizaciones por costos del proceso y daño moral y material, y además ordenó a Venezuela "adoptar dentro del plazo de un año las medidas necesarias para la aprobación del Código de Ética" de los jueces. Este código "deberá garantizar tanto la imparcialidad del órgano disciplinario, permitiendo, 'inter alia' (entre otras cosas), que sus miembros puedan ser recusados, como su independencia, regulando un adecuado proceso de nombramiento de sus integrantes y asegurando su estabilidad en el cargo".
Este caso se refiere a una denuncia contra Venezuela por la destitución de los jueces el 30 de octubre de 2003 por haber incurrido en un "error judicial inexcusable", cuando, según la defensa, "lo que existía era una diferencia razonable y razonada de interpretaciones jurídicas".
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