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El TC avala la violencia sindical amparándose en el "contexto huelguístico"

El tribunal habla de sentencia "desproporcionada" a tenor del contexto en el que se produjeron los hechos.

El Tribunal Constitucional ha vuelto a ponerse en la diana tras la última polémica que ha generado con una de sus decisiones. Ha anulado una condena de la Audiencia Provincial de Sevilla de seis meses de cárcel a dos miembros de un comité de huelga que invadieron el despacho de un concejal impidiendo que recibiera a dos ciudadanos. Además, empujaron y zarandearon a varios policías que intentaban que se pudiera producir esta recepción.

Según informa El Mundo, el TC considera que el tipo penal del delito de desobediencia al que fueron condenados los acusados no puede aplicarse "a actos conectados" con el ejercicio de derecho de huelga. Es decir, avala la violencia aplicada por los manifestantes amparándose en una especie de "contexto huelguístico" y tilda por ello de "desproporcionada" la sentencia.

De nuevo, el tribunal ha quedado totalmente dividido. Tres magistrados votaron en contra de esta decisión: Francisco Hernando, Ramón Rodríguez Arribas y Francisco Pérez de los Cobos. Otros tres votaron a favor: Luis Ignacio Ortega Elisa Pérez. Fue el voto particular del presidente de la Sala y vicepresidente del tribunal, Eugeni Gay el que provocó que saliera a la luz esta sentencia.

Los hechos se remontan a mayo de 2002 en las dependencias municipales del Ayuntamiento sevillano de Tomares. Durante una huelga de los empleados de Servicios Sociales se concentraron a las puertas del consistorio unos 20 huelguistas, entre ellos una trabajadora municipal, Mercedes Borrego, y el secretario de acción sindical de CCOO, Francisco Figueroa, ambos miembros del Comité de Huelga.

Durante todo el día hubo momentos de gran tensión con insultos a los empleados que no secundaron la huelga, que tuvieron que ser escoltados por la Policía, zarandeados y empujados también por los huelguistas. Al mediodía llegó una pareja a dependencias municipales, ella en avanzado estado de gestación, para acudir a una cita concertada con una funcionaria que seguía la huelga sin conocer éstos los paros de ese día. La pareja se dirigió a los policías municipales para saber si alguien les podría atender y éstos les respondieron que dentro se encontraba el concejal por lo que tras hacer un nuevo cordón les hicieron hueco para poder llegar al despacho.

Tras ellos aparecieron los dos acusados. Uno de ellos empujó ya dentro a un agente, que se cayó, y le dijo: "quítate de en medio, guardia de mierda". La cita con la pareja finalmente no pudo celebrarse debido a que los dos miembros del comité se introdujeron en el despacho y se negaron a abandonarlo pese a las reiteradas peticiones del edil y de la Policía. Además, la mujer embarazada sufrió una indisposición.

Tras esto, el juez de lo Penal número 4 de Sevilla condenó al secretario de acción sindical de CCOO a un año de prisión y a 60 euros de multa por un delito de de atentado y una falta de injurias mientras que la trabajadora lo fue a seis meses de prisión por un delito de desobediencia. 

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