Menú

La Audiencia no asume el caso Urdangarín porque el fraude no es "significativo"

El juez Ismael Moreno ha rechazado asumir la investigación de la operación Babel donde está imputado el Duque de Palma.

En un auto hecho público este miércoles el juez Ismael Moreno sigue el criterio de la Fiscalía Anticorrupción y rechaza que sea la Audiencia Nacional en estos momentos el tribunal competente para investigar al Duque de Palma, Iñaki Urdangarín y por consiguiente, que sean su juzgado el que deba instruir la pieza separada de la causa Palma Arena, conocida como operación Babel, donde está imputado el yerno del Rey don Juan Carlos.

En la resolución, el magistrado -basándose en la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo- sostiene que "no dispone de los datos y elementos suficientes como para poder llegar a la convicción de que concurran los presupuestos exigidos" en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) para determinar que la competencia es de su juzgado de instrucción o de la Sala de lo Penal de la Audiencia.

No obstante, el juez Ismael Moreno adopta esta decisión "sin perjuicio" de los avances en la investigación judicial que dirige el magistrado de Palma de Mallorca, José Castro, y de las conclusiones a la que pudiera llegar el actual instructor en un futuro sobre el juzgado competente.

Como argumento principal el magistrado Moreno entiende que "la cifra presuntamente defraudada" a través del Instituto Nóos no es "significativa, impactante o de enorme envergadura" como para afectar al desarrollo de la economía nacional. "Ha de valorarse si los hechos objeto de investigación son de tal entidad que puedan producir grave repercusión en la seguridad del tráfico mercantil o en la economía nacional", sostiene el juez. "Obviamente no", apostilla.

Por otro lado, el titular del Juzgado de Instrucción Número 2 de la Audiencia Nacional mantiene en la resolución que no se puede hablar de "perjuicio patrimonial" en generalidad de personas en la trama donde se encuentra implicado Urdangarín y su socio Diego Torres aunque los hechos afecten a más de un perjudicado en diferentes territorios de España, como es el caso de Valencia, Baleares y Cataluña.

"Aunque los hechos imputados afecten a varios perjudicados en el territorio de más de una Audiencia Provincial, no consta mínimamente acreditados datos suficientes como para poder llegar a la conclusión que nos hallamos ante una generalidad de personas perjudicadas", concluye el juez Moreno.

En el auto, donde se rechaza la inhibición, el magistrado explica que, atendiendo a la doctrina establecida por el Tribunal Supremo sobre la competencia de la Audiencia Nacional, cualquier alteración de los criterios generales de atribución de competencia de un tribunal debe hacerse de forma "restrictiva".

Es decir, que cualquier atribución de competencia que se haga en base a otros principios que no sean los de territorialidad –el lugar donde se cometen los delitos- y conexidad de los mismos debe tener carácter excepcional ya que la Audiencia Nacional "es un órgano jurisdiccional con carácter especial".

Por último, el juez Ismael Moreno subraya que no constan acreditados en este caso la comisión de delitos cometidos presuntamente en el extranjero por los imputados en la operación Babel. Este último principio –delitos cometidos por españoles en el extranjero- está detallado en el artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial donde se explica la competencia de los juzgados de instrucción de la Audiencia Nacional en estos supuestos.

Por todos estos motivos, el magistrado mantiene que el juez competente para investigar los hechos es el actual, el instructor de Palma de Mallorca, José Castro, y rechaza así la petición del abogado del expresidente balear Jaume Matas de asumir la causa. Contra esta decisión, cabe recurso ante el propio magistrado y ante la Sala de lo Penal de la Audiencia. 

Temas

En España

    0
    comentarios
    Acceda a los 35 comentarios guardados