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La Audiencia ordena reabrir la investigación contra Bárcenas, Merino y Galeote

El tribunal reabre la causa contra los tres exmiembros del PP y anula los archivos decretados por el juez Pedreira.

El tribunal reabre la causa contra los tres exmiembros del PP y anula los archivos decretados por el juez Pedreira.

Vuelven los quebraderos de cabeza para Luis Bárcenas, Jesús Merino y Ricardo Galeote. La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha ordenado la reapertura de la investigación contra el extesorero nacional del PP y exsenador Luis Bárcenas, el exdiputado popular Jesús Merino y el exconcejal de esta formación en Estepona (Málaga) Ricardo Galeote en el marco de la trama Gürtel.

Esto se traduce en que los tres vuelven a estar imputados por la comisión de los delitos de cohecho, fraude fiscal y blanqueo de capitales después del respiro que supuso para todos ellos el archivo de las causas que tenían abiertas decretadas por el anterior instructor de la trama, el magistrado del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Antonio Pedreira.

En tres autos hechos públicos este jueves, la Sala compuesta por los magistrados Ángela Murillo, Teresa Palacios y Juan Francisco Martel, reabren los procedimientos al entender que el juez Pedreira carecía de "competencia objetiva" para proceder a archivar las causas contra Bárcenas, Merino y Galeote el 1 de septiembre de 2011 ya que previamente, el 8 de junio de ese mismo año, se había inhibido a favor del Juzgado Número 5 de la Audiencia Nacional, donde actualmente continúa la investigación.

En el auto de inhibición, el propio Antonio Pedreira manifestaba que "la pérdida de la competencia de esta Sala para el conocimiento de las actuaciones implica la cesación, desde la firmeza de esta resolución, de toda actividad instructora por el magistrado instructor y para el conocimiento por este tribunal de los recursos contras sus decisiones, salvo aquellas actuaciones que sean imprescindibles su práctica por su urgencia o inaplazabilidad".

Sobre este último extremo, la Sección Cuarta señala que el sobreseimiento de las investigaciones abiertas a los exmiembros del PP Luis Bárcenas, Javier Merino y Ricardo Galeote "no es equiparable a una actuación imprescindible por urgente o inaplazable".

Esa decisión, señala la Sala, "había quedado fuera" de las competencias del magistrado instructor de la Sala de lo Civil y Penal del TSJM tras adoptar su inhibición. En opinión de la Audiencia Nacional la decisión de Pedreira "sobrepasó" las previsiones que le obligaban a emprender únicamente "actuaciones de práctica imprescindible" y "no era ni urgente ni inaplazable".

De esta forma, la Audiencia estima los recursos presentados por la Fiscalía Anticorrupción y la Abogacía del Estado contra la decisión Pedreira de archivar el procedimiento, aunque el tribunal no entra en el fondo de la cuestión ya que no valora en ningún momento los indicios que existen contra los tres ex populares.

A la hora de sobreseer la causa contra Bárcenas, el juez Pedreira argumentaba que en las actuaciones no había quedado acreditado que las anotaciones 'L', 'L.B.' y 'Luis el Cabrón' –que el cabecilla de la trama, Francisco Correa, había realizado en la contabilidad de sus empresas– hicieran referencia al exsenador.

Pedreira sostenía que el apunte en el que se indicaba que el citado 'Luis' había percibido 72.000 euros se hizo tres años después de que finalizara la relación entre las empresas de la trama Gürtel y Bárcenas, "por lo que no tiene sentido" que el exsenador percibiera esa cantidad.

Por lo que respecta a Merino, el magistrado argumentó que no existían indicios que le vincularan con la trama de corrupción porque en la documentación que obra en las actuaciones no aparece indicio alguno de "conexidad entre el cargo de diputado" y "la adjudicación de obras u otros contratos".

En la contabilidad B de Correa figuraban varios apuntes con las iniciales "J" y "JM" que acompañaban a anotaciones de asuntos, localidades y expedientes relacionados con las actividades de la trama. También aparecía la anotación 'Jesús Merino', aunque Pedreira consideró que debe considerarse "correspondiente a otra persona distinta".

En relación con Galeote, el juez del TSJM acordó el sobreseimiento de la causa señalando que los indicios que pesaban contra él no habían alcanzado "la solidez y contundencia incriminatoria" suficiente. La acusación contra el exedil de Estepona se basaba en que el Ayuntamiento habría comprado a un precio menor al del mercado a la empresa Special Events carpas, moquetas y cortinas cuyo destino era el Palacio de Exposiciones y Congresos.

En la causa también obran dos apuntes de facturas a nombre de Galeote y su novia de 6.000 y 30.400 euros, respectivamente, aunque su defensa argumentó que el primero se habría hecho a través de Caja Madrid, entidad en la que nunca ha tenido una cuenta, y el segundo respondía a un préstamo que se satisfizo en 2006.

Ahora, estas investigaciones vuelven a estar vivas de nuevo correspondiendo su instrucción al juez Pablo Ruz, actual instructor de la trama Gürtel.

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