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El secreto del sumario se limitará a un mes y se sancionarán las filtraciones

Gallardón pretende evitar la "ficción" de sumarios declarados secretos "que acaban siendo conocidos por todos los ciudadanos". (Volver)

davruros dijo el día 22 de Marzo de 2012 a las 12:40:01:

Julibre y demás comentaristas, te digo dónde está la novedad en el anuncio de Gallardón: en la mente de los periodistas, que se tragan dobladas las sandeces de cualquiera que tenga cargazo y cochazo.

Artículo 301 LECRIM.
Las diligencias del sumario serán secretas hasta que se abra el juicio oral, con las excepciones determinadas en la presente Ley.
El Abogado o Procurador de cualquiera de las partes que revelare indebidamente el secreto del sumario, será corregido con multa de 250 a 2.500 pesetas.
En la misma multa incurrirá cualquier otra persona que no siendo funcionario público cometa la misma falta.
El funcionario público, en el caso de los párrafos anteriores, incurrirá en la responsabilidad que el Código Penal señale en su lugar respectivo.

Artículo 302 LECRIM.
Las partes personadas podrán tomar conocimiento de las actuaciones e intervenir en todas las diligencias del procedimiento.
Sin embargo de lo dispuesto en el párrafo anterior, si el delito fuere público, podrá el Juez de instrucción, a propuesta del Ministerio fiscal, de cualquiera de las partes personadas o de oficio, declararlo, mediante auto, total o parcialmente secreto para todas las partes personadas, por tiempo no superior a un mes y debiendo alzarse necesariamente el secreto con diez días de antelación a la conclusión del sumario.

Esto se resume así: TODAS las actuaciones del sumario son SIEMPRE secretas, sin que tenga que ser objeto de especial declaración, por que así lo dispone el art. 301 LECRIM. Ello quiere decir que a dichas actuaciones solo tienen acceso las partes personadas y su revelación conlleva multa para los particulares (cuyas cuantías, que son de 1881, con solo ser objeto de la pertinente actualización, ya eliminarían cualquier intención de ir a Sálvames y otras zarandajas por parte de los particulares) y responsabilidades PENALES para los funcionarios.
Además, si el delito es público (esto es, perseguible por el Fiscal de oficio) y si hay razones que lo justifican, se pueden declarar las actuaciones especialmente secretas INCLUSO PARA LAS PARTES PERSONADAS. Esta declaración es la que se conoce vulgarmente como "secreto de sumario" aunque, como ya habéis visto, todos los sumarios son secretos, por que así lo dice el 301 de la LECRIM.
Pues bien, esta declaración de secreto SOLO PUEDE DURAR UN MES, y ello está así desde 1978. Únicamente en casos muy justificados, que exigen Auto motivado, puede prorrogarse dicha declaración de secreto, que, además, hay que levantar en todo caso antes del Juicio Oral.

Así que, compañeros, como ya os he dicho, ahí está la novedad. EN LA MENTE DE LOS PERIODISTAS. Saludos

Julibre dijo el día 21 de Marzo de 2012 a las 18:56:26:

El art. 302 (redacción de 1978) de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su párrafo segundo determina que "Sin embargo de lo dispuesto en el párrafo anterior, si el delito fuere público, podrá el Juez de instrucción, a propuesta del Ministerio fiscal, de cualquiera de las partes personadas o de oficio, declararlo, mediante auto, total o parcialmente secreto para todas las partes personadas, por tiempo no superior a UN MES y debiendo alzarse necesariamente el secreto con diez días de antelación a la conclusión del sumario". ¿Alguien me puede decir dónde está la novedad?

jose32 dijo el día 21 de Marzo de 2012 a las 17:11:41:

Si alguien es detenido debe conocer las pruebas con que se le acusa. Lo demás es dar cancha a los abusos, sólo moderado por el amplio mercado negro de las filtraciones.

ralfa dijo el día 21 de Marzo de 2012 a las 13:57:46:

Muy buena noticia para la Justicia en España, el secreto del sumario sólo ha servido para que prevariquen fácilmente los político-jueces sin escrúpulos y como arma para atacar al PP, filtrando a El País su selección, como hacía siempre Garzón, por ejemplo, como cuando iba de caza con el ministro Bermejo, el jefe de policía judicial y la fiscal sociata...

Montesin dijo el día 21 de Marzo de 2012 a las 13:32:43:

Se sancionarán las filtraciones....¿con qué o con cuanto?

Porque habrá algún medio que esté dispuesto a soltar una pasta por esas "filtraciones", y si la sanción es de un 5 o un 10 por ciento de lo que el filtrador trinque, se segurá saliendo a cuenta.

Otra cosa es que si es (como se supone) un funcionario de Justicia o un Letrado se le castigue con la inhabilitación, que entonces la cosa sería para pensarsela.

Y si la filtración la produce una de las partes....con archivar en favor de la parte perjudicada se acaban las tonterías.

jlh dijo el día 21 de Marzo de 2012 a las 12:40:54:

¿Y estas nuevas leyes sobre el secreto de sumario se aplicarán también al periódico socialista El País?

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