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El fiscal también se opone a la querella contra Dívar por sus viajes a Marbella

Solicita a la Sala Segunda del Supremo que no investigue al presidente del Poder Judicial.

La Fiscalía del Tribunal Supremo se opone de nuevo a que se investiguen la veintena de viajes de presidente del Poder Judicial, Carlos Dívar, a Marbella. Si este jueves el fiscal general del Estado señaló que la posición del Ministerio Público es clara –"no ve delito en la actuación del magistrado"- este viernes ha sido el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín Casallo, quien se ha opuesto a la admisión de la querella interpuesta contra Dívar.

La asociación, presidida por el abogado de José Luis Mazón, acusa al presidente del Consejo General del Poder Judicial de haber cometido un delito de estafa y otro de apropiación indebida.

Sin embargo, el Ministerio Fiscal no ve delito porque Dívar pagó parte de sus viajes y la normativa no le obligaba a justificarlos.

El escrito presentado este viernes ante la Sala de lo Penal de este órgano señala que los hechos comprendidos en la querella no constituyen delito, que en todo caso sería de malversación. Llega a afirmar que Dívar fue acomodándose "caso por caso, viaje por viaje, a las exigencias derivadas de las funciones que le correspondía desempeñar".

El teniente fiscal del Tribunal Supremo, Juan José Martín-Casallo, que es el mismo que archivó las diligencias informativas abiertas por el Ministerio Público a raíz de la denuncia del vocal José Manuel Gómez Benítez, comienza su escrito señalando que en este caso no cabe estafa, sino malversación de caudales públicos (art. 432 del Código Penal), una conducta que requiere ánimo de lucro para ser delictiva.

En el informa, la fiscalía sostiene en referencia a Carlos Dívar que las autoridades "como grado o jerarquía máxima de quienes ejercen funciones públicas presenta unos límites más imprecisos, más borrosos, en los que a veces resulta muy difícil de separar o delimitar la actividad pública de la privada a efectos de establecer cuando debe darse por terminada una para entender comenzada la siguiente".

El fiscal Martín Casallo alude también a un acuerdo aprobado por el CGPJ en 1996 que autoriza "la no necesidad de acreditar el motivo del viaje" cuando se trata de los efectuados por el presidente y sus vocales.

Para el Ministerio Público, esta normativa no ha sido establecida para tratar de "justificar" los hechos contenidos en la querella, sino que "ha venido siendo la aplicable a los desplazamientos efectuados" por el presidente y vocales de Consejos anteriores.

Asimismo, el informe fiscal indica que tampoco ha variado la normativa en relación a los gastos derivados de representación o atenciones protocolarias, además de señalar que la Intervención General del Estado nunca ha puesto "reparo alguno respecto de las cuentas justificativas de los gastos generados" por esos conceptos.

La fiscaía concluye señalando que "el hecho demostrado de que el querellado personalmente pagara determinados viajes, compartiera gastos con el CGPJ en otros o cargara a éste la totalidad de los mismos, en una serie de ellos, no evidencia prueba alguna de su culpabilidad".

Previsiblemente, la Sala Penal del Alto Tribunal se reunirá la próxima semana para decidir si debe admitir o no la querella contra Dívar.
 

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