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LOS ABOGADOS MAZÓN Y PANEA

Piden de nuevo al CPGJ que suspenda a Garzón

Los abogados José Luis Mazón y Antonio Panea han vuelto a pedir al CGPJ que suspenda cautelarmente en sus funciones al juez Baltasar Garzón. Consideran que, tras el auto del Supremo donde se sitúa al instructor con un pie en el banquillo de los acusados, la obligación de suspenderlo "es imperativa".

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El juez Baltasar Garzón. Archivo
ángela Martialay

Consideran que tras el último y demoledor auto del Tribunal Supremo, donde se sitúa al juez Baltasar Garzón con un pie en el banquillo de los acusados, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debería suspender cautelarmente en sus funciones al juez estrella. Por ello, los abogados José Luis Mazón y Antonio Panea han vuelto a solicitar este lunes al órgano de gobierno de los jueces que aparte ya a Garzón del juzgado de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional.

Los letrados sostienen que "la obligación de suspender a Garzón es imperativa" ya que el auto del magistrado Luciano Varela da por “probado” que hay suficientes indicios para sospechar que Garzón prevaricó cuando abrió causa general al franquismo. Motivo éste, que tanto para Mazón como para Panea, es suficiente para que el magistrado deje su plaza hasta de que se resuelva el caso.

Llegados a este punto, con Garzón imputado y con serios argumentos jurídicos de que puede haber cometido un delito, pero sin auto de procesamiento o de apertura de juicio oral todavía, el criterio del CGPJ es el de acordar la suspensión sólo si la Fiscalía ejerce la acusación contra él. Algo que no ocurre en el caso de Garzón, ya que el Ministerio Público se ha opuesto hasta en tres ocasiones a que el Supremo siga delante con la causa abierta al juez de la Audiencia Nacional por investigar la Guerra Civil y el franquismo.

Según fuentes del órgano de gobierno de los jueces, en cualquier caso la Comisión Permanente antes de resolver acuerda preguntar al fiscal si debe suspender provisionalmente de sus funciones a un determinado juez, informe que no es vinculante.

Por ley, el Consejo sólo está obligado a apartar a Garzón de la Audiencia Nacional una vez que se haya dictado auto de procesamiento o de apertura de juicio oral contra él. Así actuó el CGPJ en el caso del magistrado Javier Gómez de Liaño, el otro juez de la Audiencia Nacional que junto con Garzón tuvo que declarar en el Supremo acusado por prevaricación. Este proceder se debe a que el artículo 383 de la Ley Orgánica del Poder Judicial exige como requisito para poder suspender a un juez que un tribunal haya acordado que se puede proceder contra él.


"El CGPJ se ha inventado una jurisprudencia"

Eso sí ha habido excepciones como la del juez Fernando Ferrín Calamita. El CGPJ lo suspendió en el momento que se admitió a trámite una querella contra él y, por primera vez, sin que el fiscal lo solicitase, es decir, sólo a instancias de la parte querellante.

Por su parte, el CGPJ ya informó, cuando se dio a conocer la noticia de que Garzón debería declarar ante el Alto Tribunal como imputado, de que sólo apartaría al juez estrella de su juzgado en el caso de que el Supremo dictase en su contra un auto de procesamiento o de apertura de juicio oral.

Sin embargo, según los abogados Mazón y Panea, “el Consejo ha aplicado a Garzón el supuesto del número 2 del citado artículo 383, que establece que sólo cuando se dicte auto de procesamiento se suspenderá al juez, pero ese supuesto sólo es para los delitos dolosos que no tengan que ver con el ejercicio del cargo, incurriendo en un desafío temerario del marco legal aplicable que los querellantes no vamos a tolerar al órgano de gobierno de los jueces”.

Los abogados han denunciado que “el Consejo se ha inventado una jurisprudencia suya sobre la suspensión de jueces totalmente "contra legem" que deroga a capricho, sacándose de la manga criterios sin fuste legal alguno, como que la querella la apoyase o no el fiscal, lo que equivale a saltarse a la torera la norma legal”.

Panea y Mazón ya pidieron al CGPJ que suspendiera cautelarmente a Garzón el pasado 28 de enero cuando el Tribunal Supremo admitió a trámite su querella por prevaricación y cohecho contra el magistrado, en relación con el dinero que percibió del Banco Santander durante su estancia en Nueva York en los años 2005 y 2006.

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